STSJ Comunidad de Madrid 2345/2008, 22 de Diciembre de 2008

PonenteMARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCO
ECLIES:TSJM:2008:25665
Número de Recurso999/2008
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución2345/2008
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 02345/2008

Recurso de apelación 999/2008

Ponente: Sra. Teresa Delgado Velasco.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

S E N T E N C I A núm. 2345

Ilmos Sres.

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

En la villa de Madrid a 22 de diciembre del año 2.008.

Visto por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso de apelación número 999/08 interpuesto por el Licenciado don JOSE MIGUEL GALINDO PEÑA en nombre y representación de don Luis Miguel contra el Auto del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 21 de Madrid, de fecha 2 de abril de 2.008, dictado en el procedimiento abreviado nº 18/08.

Es ponente Doña Teresa Delgado Velasco, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El presente recurso de apelación fue interpuesto por el Licenciado don JOSE MIGUEL GALINDO PEÑA en nombre y representación de don Luis Miguel contra el Auto del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 21 de Madrid, de fecha 2 de abril de 2.008, dictado en el procedimiento abreviado nº 18/08, que acuerda el archivo de las actuaciones, inadmitiendo a trámite la demanda y el recurso contencioso-administrativo, al no haberse subsanado el defecto de la falta de representación procesal de la parte recurrente por apoderamiento apud acta, poder notarial o poder consular, que se le había comunicado en su momento por providencia de fecha de 5 de febrero de 2.008, requiriéndole para su subsanación. Solicita la parte actora que se dicte resolución, revocando el Auto de instancia.

SEGUNDO

Finalizada la tramitación, quedó el pleito pendiente para deliberación y fallo, señalándose la audiencia del día 19 de diciembre de 2.008, teniendo lugar así.

Es ponente Doña Teresa Delgado Velasco, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El apelante, el Licenciado don JOSE MIGUEL GALINDO PEÑA en nombre y representación de don Luis Miguel impugna el Auto del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 21 de Madrid, de fecha 2 de abril de 2.008, dictado en el procedimiento abreviado nº 18/08, que acuerda la confirmación de la providencia de 5 de febrero de 2008 y el archivo de las actuaciones, inadmitiendo a trámite la demanda y el recurso contencioso-administrativo, al no haberse subsanado el defecto de la falta de representación procesal de la parte recurrente por apoderamiento apud acta, poder notarial o poder consular, que se le había comunicado en su momento por providencia de fecha de 5 de febrero de 2.008, requiriéndole para su subsanación, recurso contencioso- administrativo interpuesto contra la resolución de expulsión del actor del territorio de España.

En apoyo de su pretensión impugnatoria alega la parte apelante lo siguiente :

-----que el artículo 23 de la LJCA solo permite comparecer por sí mismos a los funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios.

-----que el artículo 27 de la Ley 1/1996 establece que el reconocimiento del derecho a la asistencia gratuita llevará consigo la designación de Abogado y cuando se precisa de Procurador de oficio. Pero en este caso esta última designación no resulta precisa, no existiendo inconveniente para que el Letrado asuma las pretensiones de las partes.

-----que los Consejos Generales de la Abogacía Español y de los Colegios de Procuradores de los Tribunales de España y sus respectivo Colegios, regularán y...

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