SAN 14/2008, 27 de Marzo de 2008

PonenteFLORA MARIA LUISA SANCHEZ MARTINEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 2ª
ECLIES:AN:2008:5734
Número de Recurso48/2006

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL

SECCIÓN SEGUNDA

Sumario 36/2006

Juzgado Central de Instrucción N°. Dos

Rollo número 48/2006

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. Ángel Hurtado Adrián

ILMOS. SRS. MAGISTRADOS

D. Ricardo Rodríguez Fernández

Dª. Flor M. L. Sánchez Martínez

SENTENCIAN nº 14/08

En Madrid, a veintisiete de marzo de dos mil ocho

Vista y oída, en juicio público por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la causa dimanante del Sumario 36/06, Rollo de Sala 48/06 del Juzgado Central de Instrucción n°. Dos, seguida por delito contra la Salud Pública.

Han sido partes en el presente procedimiento:

El Ministerio Fiscal, representado por el Im. Sr. Don Manuel Pérez Veiga, quien ha sostenido la acusación contra:

Pedro Miguel, titular del documento extranjero NUM000, nacido el día 11 de noviembre de 1964, mayor de edad y sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, representado por el Procurador de los Tribunales, Sr. defendido por el letrado Don Jesús Federico García Bago, y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Carlos Jesús, titular del DNI NUM001, nacido el día 7 de junio de 1958, mayor de edad y sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, defendido por el letrado Don José Manuel Arroyo González y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Romeo, titular del documento extranjero NUM003, mayor de edad y sin antecedentes penales, nacido el 4 de octubre de 1984, de solvencia no acreditada, representado por el Procurador de los Tribunales, defendido por el letrado Doña Carmen Márquez Santos, sustituyendo a Cristina García Apolo, de solvencia no acreditada y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

José, titular del documento extranjero NUM004, mayor de edad y sin antecedentes penales, nacido el 24 de agosto de 1966, de solvencia no acreditada, representado por el Procurador de los Tribunales, defendido por el letrado Doña Elena García Gaseo y pirado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Ernesto, titular del documento extranjero NUM002, de solvencia no acreditada, mayor de edad y sin antecedentes penales, nacido el 24 de enero de 1969, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. defendido por el letrado Doña Eufemia García Álvarez, y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Javier, titular del documento extranjero NUM005, de solvencia no acreditada, mayor de edad y sin antecedentes penales, nacido el día 2 de abril de 1978, representado por el Procurador de los Tribunales, defendido por el letrado Doña Begoña Garcés García y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Eusebio, titular del documento extranjero NUM006, de solvencia no acreditada, mayor de edad y sin antecedentes penales, nacido 17 de febrero de 1969, representado por el Procurador de los Tribunales, defendido por el letrado Doña Ángela Ganso Seijas, privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Armando, titular del NIF NUM007, mayor de edad y sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, representado por el Procurador del los Tribunales, de solvencia no acreditada, defendido por el letrado Don José M. Gallego Pérez y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Juan Antonio, titular del DNI NUM008, nacido el día 1 de junio de 1944, mayor de edad y sin antecedentes penales, de solvencia parcialmente acreditada, representado por el Procurador de los Tribunales, defendido por el letrado Don Miguel Ángel Cocero y de Corvera; actualmente en libertad provisional por esta causa.

Carlos Alberto, titular del DNI NUM009, mayor de edad y sin antecedentes penales, nacido el 26 de junio de 1965, de solvencia no acreditada representado por el Procurador de los Tribunales Sr., defendido por el letrado Doña Beatriz Dávila Costas y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Santiago titular de pasaporte chileno NUM010, mayor de edad y sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. defendido por el letrado Doña Rocío Antonio Gallego Ortiz, y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Mauricio, titular del NIF NUM011, mayor de edad y sin antecedentes penales, nacido el día 29 de octubre de 1966, de solvencia no acreditada, representado por el Procurador de los Tribunales Sr., defendido por el Letrado Don Manuel Gallar Guillen, acreditada y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Isidro, titular del DNI NUM012, mayor de edad y sin antecedentes penales, de solvencia parcial acreditada, representado por el Procurador de los Tribunales Sr, defendido por el letrado Don Carlos Hermelo Fernández y privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Everardo, titular del DNI NUM013, mayor de edad y sin antecedentes penales, nacido el 8 de enero de 1957 representado por el Procurador de los Tribunales Sr. defendido por el letrado Don José Barca Citrián, de solvencia no acreditada, privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Constantino, titular del documento extranjero 1-051042, mayor de edad y sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Fernández Tejedor. Defendido por el letrado Doña Ana Galdón Blesa, privado de libertad por esta causa desde el 16 de marzo de 2006.

Ha sido ponente la lima. Sra. Magistrado Doña Flor M. L. Sánchez Martínez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción número Cuatro de los de Vigo, se incoaron en fecha de veintisiete de mayo de 2005, Diligencias Previas número 2345/2005, como consecuencia de la denuncia formulada por el Ministerio Fiscal, merced a la información recibida por parte de a Unidad de Policía Judicial de la Guardia Civil ( Diligencias Policiales número 28/2005) de la Comandancia de Pontevedra, según la cual el buque denominado "Nuevo Salmón" iba a ser empleado para una actividad de transporte y posterior introducción en territorio nacional de sustancia ilícita por parte de los hoy procesados Juan Antonio y Carlos Jesús ; diligencias que serían archivadas provisionalmente por auto de 22 de noviembre de 2005.

SEGUNDO

Por auto de fecha 17 de abril de 2006, se decreta la inhibición al Decanato de los Juzgados Centrales de la Audiencia Nacional, competencia que sería aceptada por auto de fecha 10 de mayo siguiente, incoándose por el Juzgado Central de Instrucción número Dos, las DP 127/06, que fueron transformadas en Sumario 36/06, por auto de 5 de junio siguiente por delito de tráfico de drogas, y por auto de fecha 27 de junio de 2006 se declaró procesados a Pedro Miguel, Carlos Jesús, Romeo, José, Ernesto, Javier, Eusebio, Armando, Juan Antonio, Carlos Alberto, Santiago, Mauricio, Isidro, Everardo, Constantino, por delito de tráfico de drogas, previstos y penados en los artículos 368, 369 y 370.

Con fecha de 4 de octubre de 2006 se declaró concluso el Sumario.

TERCERO

Remitido Sumario a esta Sección Segunda, se formó Rollo de Sala número 48/06, acordándose por auto de fecha 1 de febrero de 200 la apertura de juicio contra los procesados antedichos, y por auto de fecha 7 de noviembre de 2007 se resolvió sobre la prueba propuesta por las partes y se señaló la celebración de la vista oral para los días 21, 22, 23, 24 y 25 de enero pasado, lo que tuvo lugar, con la práctica de interrogatorio de los procesados, testifical, pericial y documental; el Ministerio Fiscal en el trámite de conclusiones elevó a definitivas su acusación provisional, con la corrección de errores mecanografieos advertidas a en su escrito y la pena interesada para Pedro Miguel, Romeo, José, Ernesto, Javier, Eusebio, Armando, Carlos Alberto, Santiago, Mauricio, Everardo, Constantino.

Calificó los hechos como constitutivos de:

A) Un delito contra la Salud Pública, de los artículos 368, inciso primero (sustancia que causa grave daño a la salud), 369, apartado primero, circunstancias 2ª (pertenencia a organización) y 6ª (cantidad de notoria importancia) y apartado segundo y 370, número 2º (jefes de la organización) y número 3 (extrema gravedad por utilización de buque como medio de transporte específico) y último párrafo, todos del Código Penal.

B) Un delito contra la salud pública de los artículos 368, inciso primero (sustancia que causa grave daño a la salud), artículo 369, apartado primero, circunstancias 2ª(pertenencia a organización) y 6ª (cantidad de notoria importancia) y artículo 370 n° 3 (extrema gravedad por utilización del buque como medio de transporte específico) y último párrafo, todos del Código Penal.

De los mencionados delitos son responsables en concepto de autores:

Del Delito A) Juan Antonio y Carlos Jesús.

Del Delito B) Isidro, Santiago, Armando, Carlos Alberto, Everardo, Armando, José, Eusebio, Ernesto, Romeo, Pedro Miguel, Javier, Constantino.

Sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Interesando que se impongan a los procesados las siguientes penas:

A Juan Antonio Y Carlos Jesús, por el delito A), la pena de 19 años de prisión, multa de 70.000.000 € y multa de 70.000.000 €, dada su condición de titulares de la sociedad "Numiansa", inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena. Costas proporcionales para cada procesado.

A Isidro, por el delito B), la pena de 14 años de prisión y multa de 80.000.000 € y multa de 50.000.000, inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena, y costas proporcionales.

A LOS PROCESADOS, Santiago, Armando, Carlos Alberto, Everardo, Mauricio, José, Eusebio, Ernesto, Romeo, Pedro Miguel, Javier Y Constantino, por el delito...

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