STSJ País Vasco 218/2011, 11 de Abril de 2011

PonenteMARIA YOLANDA DE LA FUENTE GUERRERO
ECLIES:TSJPV:2011:5411
Número de Recurso800/2009
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución218/2011
Fecha de Resolución11 de Abril de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 800/09 SENTENCIA NÚMERO 218/2.011

ILMOS/AS. SRES/AS.

PRESIDENTE:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANÍA MAGISTRADOS/AS.:

D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ

Dª. YOLANDA DE LA FUENTE GUERRERO

En la Villa de Bilbao, a once de abril de dos mil once.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados/as antes expresados, han pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 800/09 y seguido por el Procedimiento Ordinario Ley 98, en el que se impugna: RESOLUCIÓN DE 13-4-09 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y DE LA GUARDIA CIVIL - GUARDIA CIVIL, DESESTIMATORIA DE LA SOLICITUD DE ABONO DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO DE ZONA CONFLICTIVA, CORRESPONDIENTE A NOVIEMBRE DE 2008. EXPTE. NUM000 . @.

Son partes en dicho recurso:

- Como recurrente D. Juan Enrique, quien compareció por si mismo.

- Como demandada MINISTERIO DEL INTERIOR-DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y DE LA GUARDIA CIVIL-CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL, representado y dirigido por el Letrado ABOGADO DEL ESTADO.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª. YOLANDA DE LA FUENTE GUERRERO, Magistrada de esta Sala.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

El día 8/06/2.009 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. Juan Enrique actuando

en su propio nombre y derecho, interpuso recurso contencioso - administrativo contra la RESOLUCIÓN DE 13-4-09 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y DE LA GUARDIA CIVIL - GUARDIA CIVIL, DESESTIMATORIA DE LA SOLICITUD DE ABONO DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO DE ZONA CONFLICTIVA, CORRESPONDIENTE A NOVIEMBRE DE 2008. EXPTE. NUM000 ; quedando registrado dicho recurso con el número 800/09.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 1.373,08 euros.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados y que damos por reproducidos.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestimen los pedimentos de la actora.

CUARTO

El procedimiento no se recibió a prueba por

no interesarlo las partes ni considerarlo necesario este Tribunal.

QUINTO

Por resolución de fecha 4/04/2.011 se señaló el pasado día 7/04/2.011 para la votación y fallo del presente recurso.

SEXTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales. I

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

El recurrente, Guardia Civil, con destino en la Comandancia de Guipúzcoa, recurre la Resolución de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil de 13 de abril de 2.009, que desestimaba la solicitud de abono del complemento de zona conflictiva en el periodo que va desde el 27 de octubre al 22 de noviembre de 2.008, en el que permaneció realizando el "XLIII Curso Básico de Especialistas en Protección de la Naturaleza".

En la demanda se interesa que se estime el recurso, para declarar el derecho del demandante a la percepción del complemento de zona conflictiva durante el periodo indicado, que se viene a cuantificar en

1.373,08 euros. Se fundamenta su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR