STSJ Comunidad de Madrid 211/2015, 13 de Marzo de 2015
Ponente | FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS |
ECLI | ES:TSJM:2015:4089 |
Número de Recurso | 1000/2012 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 211/2015 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2015 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Novena
C/ General Castaños, 1, Planta 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.00.3-2012/0013149
Procedimiento Ordinario 1000/2012
Demandante: D./Dña. Jesús María
PROCURADOR D./Dña. MARIA DEL CARMEN PALOMARES QUESADA
TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE MADRID
Sr. ABOGADO DEL ESTADO
Demandado: COMUNIDAD MADRID
LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA
SENTENCIA No 211
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Da. Ángeles Huet de Sande
Dª. Berta Santillán Pedrosa
D. Francisco Javier Canabal Conejos
D. Joaquín Herrero Muñoz Cobo
En la Villa de Madrid, a trece de marzo de dos mil quince.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 100/12, interpuesto por don Jesús María, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Carmen Palomares Quesada, contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de fecha 7 de septiembre de 2012, que desestimó su reclamación económico-administrativa nº NUM000 contra la liquidación derivada de la nueva comprobación realizada en el documento nº NUM001 en concepto de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por cuantía de 4.457,16 #. Ha sido parte la Administración General del Estado (Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid), asistida y representada por el Sr. Abogado del Estado; y, la Comunidad Autónoma de Madrid asistida y representada por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Que previos los oportunos trámites don Jesús María formalizó su demanda el día 6 de junio de 2013 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando que en su día y previos los trámites legales se dictara Sentencia por la que dicte sentencia en la que se anulara la resolución recurrida.
Que asimismo se confirió traslado al Sr. Abogado del Estado para que, en representación de la Administración General del Estado (Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid) y a la representación de la Comunidad de Madrid para que presentaran contestación a la demanda, lo que se verificaron por sendos escritos en los que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideraron pertinentes, terminaron suplicando que en su día, previos los trámites legales, se dictara Sentencia desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto, confirmando en todas sus partes la legalidad de la resolución impugnada con expresa imposición de costas a la parte actora.
Habiéndose recibido el pleito a prueba se practicó la admitida por la Sala con el resultado obrante en autos y no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado quedando seguidamente las actuaciones conclusas y pendientes de señalamiento para votación y fallo.
Por Acuerdo de 19 de febrero de 2015 de la Presidenta en Funciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se realizó el llamamiento del Magistrado Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Canabal Conejos en sustitución voluntaria de la vacante producida por jubilación del Magistrado Ilmo. Sr. D. Ángel Suárez-Bárcena Morillo-Velarde siendo aquél designado Ponente de este recurso; señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 12 de marzo de 2015 a las 10,00 horas de su mañana, en que tuvo lugar.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Francisco Javier Canabal Conejos.
Don Jesús María interpone recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de fecha 7 de septiembre de 2012, que desestimó su reclamación económico-administrativa nº NUM000 contra la liquidación derivada de la nueva comprobación realizada en el documento nº NUM001 en concepto de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por cuantía de 4.457,16 #.
Impugna el recurrente la comprobación de valores efectuada por la Administración en relación con la vivienda ubicada en el NUM002 . Referencia catastral NUM003 y el local ubicado en el bajo Referencia catastral NUM004 señalando que los...
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