STSJ Aragón 248/2015, 29 de Abril de 2015

PonenteMARIA ISABEL ZARZUELA BALLESTER
ECLIES:TSJAR:2015:516
Número de Recurso83/2015
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución248/2015
Fecha de Resolución29 de Abril de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.1ZARAGOZA 00248/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

- SECCIÓN PRIMERA - RECURSO Nº 83 de 2015

SENTENCIA: 00248/2015

S E N T E N C I A Nº 248 DE 2015

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. JUAN CARLOS ZAPATA HIJAR

MAGISTRADOS :

D. JESUS MARIA ARIAS JUANA

Dª ISABEL ZARZUELA BALLESTER

Dª NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS

==============================

En Zaragoza, a veintinueve de abril de dos mil quince.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO, Por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, Sección Primera, el recurso número 83 de 2015, seguido entre partes; como demandante el SINDICATO ORGANIZACIÓN DE TRABAJADORES UNIDOS CICERO GUEDES (O.T.U.), representado por el Procurador D. Jesús Usón Sanau y asistido por la Letrado Dª Sara Anciso Vidal; y como demandada la JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL DE TERUEL, representada y asistida por el Abogado del Estado; con la intervención del MINISTERIO FISCAL .

Es objeto de impugnación la resolución de la Junta Electoral Provincial de Teruel, de fecha 15 de abril de 2015, por la que no se autoriza la celebración de la concentración que habían comunicado iba a tener lugar el día 20 de abril en Teruel, en horario de 10 a 11,30 horas en la calle San Francisco nº 1, frente a la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón, y de 12 a 13,30 horas, en la Plaza San Juan nº 7, frente a la Diputación Provincial de Teruel, por el motivo de rechazar los recortes sufridos en el Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales y Espacios Naturales Protegidos, denunciando la situación laboral de los trabajadores de la empresa pública SARGA.

Procedimiento: Especial del articulo 122 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa . Cuantía: Indeterminada.

Ponente: Ilma. Sra. Magistrado Dª ISABEL ZARZUELA BALLESTER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La actora mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal en fecha 17 de abril de 2015, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo citado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Tras ser requerido el recurrente de subsanación de defectos observados y presentada la documentación al efecto, se tuvo por interpuesto el recurso por diligencia de ordenación de 21 de abril, convocándose a las partes a comparecencia para el día 28 de abril siguiente, fecha en que se llevó a efecto, tras haberse recibido el expediente y puesto de manifestación a las partes, y en cuyo acto por la representación de la parte actora se solicitó se declarase la nulidad de la resolución recurrida; por el Abogado del Estado se solicitó que se declarase la inadmisibilidad del recurso o su desestimación; y por el Ministerio Fiscal, oponiéndose a las causas de inadmisición invocadas, se solicito la estimación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Del expediente administrativo remitido y de lo actuado resultan los siguientes datos de interés:

  1. Con fecha 13 de abril de 2015, tuvo entrada en la Subdelegación del Gobierno en Teruel escrito de

    D. Víctor por el que, en representación del hoy recurrente, comunica la celebración de una concentración prevista para el 20 de abril en Teruel, en horario de 10 a 11,30 horas en la calle San Francisco nº 1, en la acera frente a la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel, y de 12 a 13,30 horas, en la Plaza San Juan nº 7, frente a la Diputación Provincial de Teruel, por el motivo de rechazar los recortes sufridos en el Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales y Espacios Naturales Protegidos, denunciando la situación laboral de los trabajadores de la empresa pública SARGA.

  2. Dicha comunicación fue remitida por la Subdelegación a la Junta Electoral Provincial de Teruel, en la misma fecha, en base a lo dispuesto en el art. 54 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, y así se comunico al convocante.

  3. Con fecha 16 de abril siguiente, por la Secretaria de la Junta Electoral Provincial de Teruel se remitió al Subdelegado de Gobierno en Teruel, certificado, obrante al folio 6 del expediente administrativo, en el que se hace constar "que en el día de la fecha se ha adoptado por la JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL el acuerdo que contiene el particular siguiente: ""Por la Subdelegación de Gobierno se ha recibido dos escritos: el primero presentado por el Representante de la Organización de Trabajadores Unidos (O.T.U.) comunicando la celebración de una concentración en Teruel para el próximo día veinte de abril ante el Delegación Territorial de la DGA de Teruel y frente a la DPT, ante la negativa de la empresa SARGA a dar una respuesta a las reivindicaciones de los Trabajadores. Examinada la solicitud, la Junta acuerda por mayoría no autorizar dicha concentración."". Y para que conste y sirva de notificación en forma al Ilmo. Sr. Subdelegado de Gobierno de Teruel, expido y firmo la presente en Teruel a quince de abril del año dos mil quince.". La Comisaría de Policía Nacional de Teruel, en fecha 21 de abril siguiente, remitió nota informativa a la Subdelegación de Gobierno de Teruel, comunicando que dichas concentraciones...

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