SAP Zaragoza 187/2015, 29 de Abril de 2015

PonenteJULIAN CARLOS ARQUE BESCOS
ECLIES:APZ:2015:880
Número de Recurso159/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución187/2015
Fecha de Resolución29 de Abril de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00187/2015

SENTENCIA NUMERO: 187-15

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente

D. JULIAN CARLOS ARQUE BESCOS

Magistrados

D. FRANCISCO ACIN GAROS

Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

En Zaragoza, a veintinueve de abril de dos mil quince.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de DIVORCIO CONTENCIOSO 217/2013, procedentes del JDO.DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER

N.2 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 159/2015, en los que aparece como parte apelante, Eulogio, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. MARIA CONCEPCION PEREZ FERRER, asistido por el Letrado D. ISIDRO ANTONIO VILLANOVA ABADIA, y como parte apelada, Magdalena, representada por el Procurador de los tribunales, Sra. MARIA PILAR SERRA NO MENDEZ, asistido por el Letrado D. FRANCISCO JAVIER ELIA GARCIA, habiendo sido también parte el MINISTERIO FISCAL y en cuyos autos en fecha 3-12-2014 recayó Sentencia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales doña Maria Pilar Serrano Mendez, en nombre y representación de doña Magdalena contra don Eulogio, debemos declarar y declaramos disuelto por Divorcio el matrimonio contraido entre doña Magdalena y don Eulogio en fecha 2 de marzo de 2012, con todos los efectos legales que esta declaración conlleva, procediendose una vez firme esta resolución a la disolución y liquidación del régimen económico matrimonial, y fijando, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas, las siguientes medidas reguladoras del nuevo estado civil de los litigantes: 1.- Se declara disuelto el matrimonio, con revocación de los consentimientos o poderes en su caso otorgados por cada conyuge a favor del otro. 2.- La hija Violeta, quedarán en compañía y bajo la guarda y custodia de Dª Magdalena si bien la autoridad familiar continuara ejerciéndose por ambos padres. 3.-Respecto del régimen de visitas por el que don Eulogio podrá estar en compañía de su hijo, será el siguiente:-Visitas semanales de fines de semanas alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta el domingo a las 20:00 horas. Todas las entregas y recogidas que no se realicen en el colegio se realizaran en el Punto de Encuentro Familiar en la calle Blason Aragonés de Zaragoza. Los llamados puentes escolares corresponderán al progenitor a quien corresponda el fin de semana al que se hallan ligados.- Visitas intersemanales que será un día entre semana que será el miércoles desde la salida del colegio hasta las 20.00 horas . Todas las entregas y recogidas que no se realicen en el colegio se realizarán en el Punto de Encuentro Familiar de la calle Blason Aragonés de Zaragoza.- Las vacaciones se distribuirán de la siguiente manera: - Las vacaciones de verano se dividirán entre ambos por mitad en dos periodos siendo el primero desde las 17.00 horas del ultimo día lectivo hasta las 17.00 horas del día 31 de julio y el segundo desde dicho día y hora hasta las 17.00 horas del día anterior al inicio del curso escolar. Elegirá la madre en los años pares y el padre en los años impares.- Las vacaciones de Navidad se dividirán en dos periodos siendo el primero desde las 17.00 horas del último dia lectivo hasta las 12.00 horas del dia 31 de diciembre, y el segundo desde dicha fecha y horas hasta el dia anterior al inicio del colegio a las 17.00 horas, correspondiendo en los años pares elegir a la madre y correspondiendo en los años impares elegir al padre.- La Semana Santa y el Pilar se disfrutarán de forma íntegra por cada uno de ellos por años, de tal forma que al padre le corresponden en el año impar la Semana Santa y a la madre el Pilar, y en los años pares al padre el Pilar y a la madre la Semana Santa, de tal forma que cuando le corresponden al padre éste deberá reintegrarlo el dia de antes de inicio del curso escolar a las 17.00 horas. No se procede a la distribución de estos periodos vacacionales por mitad en atención a que las Fiestas del Pilar últimamente son de escasa duración y su distribución no genera más que confusión a los menores y conflicto entre los progenitores; respecto de la Semana Santa no se distribuye por mitad por cuanto estas vacaciones son cambiantes cada año, sin tener periodos fijos, lo que supone...

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