SAP Pontevedra 123/2015, 5 de Mayo de 2015

PonenteANTONIO JUAN GUTIERREZ RODRIGUEZ-MOLDES
ECLIES:APPO:2015:932
Número de Recurso416/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución123/2015
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00123/2015

S E N T E N C I A Nº 123/2015

SEÑORES DEL TRIBUNAL

ILUSTRISIMOS SRES

PRESIDENTE

D. ANTONIO JUAN GUTIERREZ R.- MOLDES.

MAGISTRADOS

D. JAIME ESAÍN MANRESA

D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.

En la ciudad de PONTEVEDRA, a cinco de mayo de dos mil quince.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de DIVISION HERENCIA 0000266 /2007, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.1 de VILAGARCIA DE AROUSA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION-R (LECN) 416/2014, en los que aparece como parte apelante, Hermenegildo, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. RAFAEL BARRIOS PEREZ, asistido por el Letrado D. MARIA PAULA GUEDE PEREZ; Eulalia

, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. PEDRO ANDRES BARRAL VILA, asistido por el Letrado

D. MARIA PAULA GUEDE PEREZ, y como parte apelada, Ramón, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. ENCARNACION FERNANDEZ SANCHEZ, asistido por el Letrado D. DESIREE DOMINGUEZ SOMOZA; Rita, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. ANTONIO JUAN GUTIERREZ R.- MOLDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Villagarcía de Arosa, se dictó sentencia de fecha 6 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que desestimando la oposición formulada por la Procuradora Dª Elena Montes Arguello, en nombre y representación de Dña Rita, D. Hermenegildo y Dña Eulalia respecto al Cuaderno Particional de fecha 10 de diciembre de 2012 que contiene las adjudicaciones y divisiones que constan en las operaciones particionales realizadas por la contadora partidora Dª Elisenda respecto de la herencia del causante D. Aurelio, debo aprobar y apruebo dicho Cuaderno Particional. Sin hacer expresa condena en costas.".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada Hermenegildo y Eulalia el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo. TERCERO .- En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Aceptamos los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, con la puntual excepción del segundo en lo que se dirá.

PRIMERO

Se enfrentan en este procedimiento de división de herencia la viuda y los tres hijos del fallecido D. Aurelio y tras largo procedimiento la sentencia de primera instancia aprueba el Cuaderno particional presentado por la contadora partidora nombrada a tal efecto.

Contra este pronunciamiento de aprobación del Cuaderno con desestimación de sus respectivas impugnaciones, recurren dos de los hijos mediante sendos recursos que coinciden en dos concretos motivos de apelación.

SEGUNDO

El primero de estos motivos se refiere a la valoración de las participaciones de la entidad mercantil Choren Miguel Asociados, S.L., por expresa impugnación del momento de esa valoración, que la sentencia fija en el fallecimiento del causante siguiendo el criterio de la contadora partidora que en su Cuaderno hace aplicación del art. 6 de los Estatutos de la entidad mercantil, que regula la transmisión de participaciones sociales (f.48) y en su...

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