SAP Granada 146/2015, 9 de Marzo de 2015
Ponente | JOSE MARIA SANCHEZ JIMENEZ |
ECLI | ES:APGR:2015:586 |
Número de Recurso | 160/2014 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 146/2015 |
Fecha de Resolución | 9 de Marzo de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION SEGUNDA
GRANADA
Apelación Rollo Núm. 160-2014
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 40-2014
JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE GRANADA
PONENTE: Sr. José María Sánchez Jiménez
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada, formada por los Iltmos. Sres. relacionados, han dictado EN NOMBRE DEL REY, la siguiente:
S E N T E N C I A Núm. 146
ILTMOS SRES: Presidente Mª AURORA GONZALEZ NIÑO Magistrados José María Sánchez Jiménez
JUAN CARLOS CUENCA SANCHEZ
En la ciudad de Granada, a 9 de marzo de 2015 .
Examinado, deliberado y votado en grado de apelación por la Sección Segunda de esta Iltma. Audiencia Provincial, formada por los Sres. Magistrados al margen relacionados, sin necesidad de celebración de vista, el procedimiento abreviado Núm. 40/2014, del Juzgado de lo Penal Nº 1 DE Granada, por un delito de trafico de drogas, siendo partes, como apelante Miguel, representado por el procurador/a Sr/a. Ramos Sánchez y Defendido por el letrado/a Sr/a. Saenz Alcoba y como impugnantes el Ministerio Fiscal actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José María Sánchez Jiménez.
Por el Sr/a. Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 1 DE Granada, se dictó sentencia con fecha 11 de abril de 2014 .
La parte dispositiva de dicha resolución condenaba al apelante como autor de un delito contra la salud pública por tenencia de drogas que no causan grave daño a la salud, concurriendo la agravante de reincidencia, a la pena de dos años y nueve meses de prisión, con inhabilitación durante ese período para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y multa de 10.000 euros con seis meses de prisión caso de impago y al pago de las costas procesales.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Miguel .
Presentado ante el Juzgado "a quo" el referido escrito de apelación se le dio traslado a las demás partes por un plazo común de diez días, conforme al art. 790.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, transcurrido el cual fueron remitidos los autos a esta Audiencia Provincial, habiéndose señalado para su deliberación, votación y fallo el día 3 de marzo de 2015, al no estimarse necesaria la celebración de vista.
Se han observado las prescripciones legales del trámite. HECHOS PROBADOS
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