ATS, 13 de Mayo de 2015

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
Número de Recurso1511/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a trece de Mayo de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la "FUNDACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ARNEDO MEDINA" presentó el día 29 de abril de 2014 escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 17 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Valencia (sección 11ª), en el rollo de apelación nº 568/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1804/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Valencia.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 22 de mayo de 2014 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes el día 13 de mayo de 2014.

  3. - El procurador D. Rafael Ángel Palma Crespo, en nombre y representación de "FUNDACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ARNEDO MEDINA", presentó escrito de 13 de junio de 2014, personándose en concepto de parte recurrente, mientras que el Abogado de la Generalidad Valenciana por escrito de 9 de julio de 2014, se personó en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha constituido el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D.Eduardo Baena Ruiz

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "FUNDACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ARNEDO MEDINA", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de "FUNDACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ARNEDO MEDINA", con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "FUNDACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ARNEDO MEDINA" contra la sentencia dictada, con fecha 17 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Valencia (sección 11ª), en el rollo de apelación nº 568/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1804/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Valencia.

  2. - Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De acuerdo con lo previsto en el art. 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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