ATS, 6 de Mayo de 2015

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
Número de Recurso61/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a seis de Mayo de dos mil quince.

HECHOS

PRIMERO

El Procurador de los Tribunales D. Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de D.ª Flor , interpuso demanda de revisión contra los decretos de 12 de diciembre de 2011 y 10 de febrero de 2014 dictados en el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales nº 872/200, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sevilla en los que se adjudicaba a la entidad ejecutante JUANLUMA, S.L. una finca urbana en Punta Umbría por todo lo adeudado, determinándose en el segundo decreto este importe en 790.918,15 euros correspondiente al 60% de su valor de tasación.

SEGUNDO

Registrado el oportuno recurso de revisión el Fiscal emitió informe en fecha 9 de febrero de 2015 interesando la suspensión de la admisión de la demanda interpuesta hasta que recaiga resolución firme en las Diligencias Previas de Procedimiento Abreviado 6916/14-G que se encuentran tramitándose en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D.Antonio Salas Carceller

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO. - A la vista del informe del Fiscal y en aplicación de los artículos 514.4 y 40 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , se está en el caso de suspender la tramitación del procedimiento por prejudicialidad penal hasta que recaiga resolución firme en las Diligencias Previas de Procedimiento Abreviado 6916/2014 que se encuentran tramitándose en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

Suspender la tramitación del recurso de revisión por prejudicialidad penal, hasta que recaiga resolución firme en las Diligencias Previas de Procedimiento Abreviado 6916/2014 que se encuentran tramitándose en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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