SAP Sevilla 61/2015, 17 de Marzo de 2015

PonenteFRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ
ECLIES:APSE:2015:533
Número de Recurso4840/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución61/2015
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla

REFERENCIA: VERBAL UNIPERSONAL

FALLO

REVOCATORIA

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE SEVILLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 4840/2014

JUICIO Nº 303/2013

S E N T E N C I A Nº 61

MAGISTRADA ILMA SRA :

Dª FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ

En la Ciudad de SEVILLA a diecisiete de marzo de dos mil quince.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla, constituida a efectos de la resolución de este recurso por la Magistrada Dª FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ, ha visto el recurso de apelación, bajo el núm. de rollo 4840/14, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de marzo de 2014 dictada en el juicio verbal nº 303/13, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Sevilla, promovidos por D. Damaso representado por el Procurador Sr D. JOSE LUIS ARREDONDO PRIETO contra la entidad AXA SEGUROS representada por la Procuradora Dª MARIA DEL PILAR PENELLA RIVAS y la entidad MAPFRE SEGUROS representada por el Procurador D . MANUEL JIMENEZ LOPEZ DE LEMUS ; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Damaso y la entidad AXA SEGUROS contra sentencia recaída en autos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE SEVILLA cuyo fallo es como sigue: "PRIMERO.- Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador/a Sr./a Arredondo Prieto en nombre y representación de D. Damaso, contra MAPFRE SEGUROS, y en consecuencia absolver y absuelvo a éstos últimos de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda. Con imposición de costas a la parte actora.

SEGUNDO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador/a Sr./ a Arredondo Prieto en nombre y representación de D. Damaso, contra AXA SEGUROS y en consecuencia debo condenar y condeno a éste último a abonar a la actora la cantidad de mil doscientos euros -1.200 #, e intereses en el modo dispuesto en el fundamento de derecho quinto de esta resolución.

En cuanto a las costas cada parte abonará las causadas en su instancia y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recursos de apelación por la representación de D. Damaso y la entidad AXA SEGUROS que fueron admitidos en ambos efectos, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose al recurso la sustanciación que la Ley previene para los de su clase, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución, tras la deliberación y votación de este recurso. TERCERO.- Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

En la sentencia dictada en primera instancia se estimó parcialmente la demanda ejercitada en la que se solicitaba la condena de las dos aseguradoras de los dos vehículos cuyos conductores, según se exponían en la demanda, habían causado daños en el vehículo propiedad del actor. Se trataba de una colisión en cadena ocurrida el día 23 de septiembre de 2010 en el pk 4,000 de la carretera SE-30, término municipal de Sevilla. El vehículo del actor, furgoneta con matrícula JO-....-JG, circulaba en primer lugar, en segundo lugar, el vehículo turismo con matrícula ....-MZG, con seguro de responsabilidad civil concertado con MAPFRE, y en tercer lugar, el vehículo con matrícula ....-TFY, con seguro de responsabilidad civil concertado con AXA. El demandante sostenía que se encontraba totalmente parado cuando fue objeto de colisión por alcance trasero provocada por el vehículo que circulaba detrás, el cual había sido a su vez alcanzado por el tercero. Reclamaba en la demanda la cantidad de 3.614 euros en la que cifraba la reparación de los daños causados.

En la sentencia se condenó a la aseguradora AXA al pago de la cantidad de 1.200 euros e intereses, desestimando previamente la excepción de prescripción que había propuesto dicha aseguradora y absolviendo a la codemandada.

Contra dicha sentencia se ha interpuesto recurso por la representación de la actora, interesando la revocación para obtener la cantidad íntegra reclamada en la demanda. Asimismo, la aseguradora condenada al pago ha interpuesto recurso y solicitado la revocación de la sentencia y desestimación de la pretensión deducida en su contra por prescripción de la acción.

SEGUNDO

Por razones de orden lógico procede en primer lugar el examen y resolución del recurso planteado por la aseguradora condenada al pago, AXA, que insiste en la prescripción de la acción ejercitada en su contra. Se trata de un supuesto de solidaridad impropia recogiéndose la doctrina del Tribunal Supremo al respecto en la STS, Civil sección 1 del 18 de julio de 2011 :

"

  1. Es reiterada la jurisprudencia que declara...

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