SAP Burgos 171/2015, 4 de Mayo de 2015

PonenteFRANCISCO MANUEL MARIN IBAÑEZ
ECLIES:APBU:2015:310
Número de Recurso1/2015
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución171/2015
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 BURGOS

ROLLO DE SALA NÚM. 1/15.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚM. 1583/13.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 1. BURGOS.

ILMO. SR. MAGISTRADOS:

  1. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ.

  2. LUÍS ANTONIO CARBALLERA SIMÓN.

    DÑA. MARÍA TERESA MUÑOZ QUINTANA.

    S E N T E N C I A NUM.00171/2015

    En Burgos, a cuatro de Mayo de dos mil quince.

    Vista ante esta Audiencia Provincial, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº. 1 de Burgos, seguida por delitos contra la salud pública y organización de grupo criminal contra Simón, con DNI. nº. NUM000, nacido el NUM001 de 1.957, hijo de Benjamín y de Guadalupe, natural de Mallen (Zaragoza) y vecino de Villanueva de la Cañada (Madrid), con último domicilio conocido en CALLE000, nº. NUM002, con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia y en prisión provisional por esta causa desde el 14 de Junio de 2.013, situación en la que actualmente continúa, representado en los autos por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mercedes Manero Barriuso y defendido por el Letrado D. Francisco Fernández Castán; Lina, con NIE. nº. NUM003, nacida el NUM004 de 1.959, hija de Eulogio y de Penélope, natural de Colombia y vecina de Madrid, con último domicilio conocido en CALLE001, nº. NUM005, NUM006

    , con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia y en prisión provisional por esta causa desde el 14 de Junio de 2.013, situación en la que actualmente continúa, representada en los autos por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Teresa Martín Raymondi y defendida por la Letrada Dña. María Pilar Velasco Moral; Hernan, con NIE. nº. NUM007, nacido el NUM008 de 1.973, hijo de Jacinto y de Zaira, natural de Colombia y vecino de Madrid, con último domicilio conocido en CALLE002, nº. NUM009, NUM010, NUM011, sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa desde el 14 de Junio de 2.013, situación en la que continúa, representado en los autos por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Victoria Llorente Celorrio y defendido por la Letrada Dña. María de los Ángeles Colino Nieto; Norberto

    , con NIE. nº. NUM012, nacido el NUM013 de 1.968, natural de Colombia y vecino de Getafe (Madrid), con último domicilio conocido en PLAZA000, nº. NUM010, NUM014, sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa desde el 14 de Junio de 2.013 hasta el 8 de Abril de 2.014, representado por el Procurador de los Tribunales D. José María Manero de Pereda y defendido por el Letrado D. Raúl Marcos Bravo; Jose Ramón, con DNI. nº. NUM015, nacido el NUM016 de 1.983, hijo de Jesús Carlos y de Irene, natural de Barcelona y vecino de Llerena (Badajoz), con último domicilio conocido en PLAZA001, nº. NUM017 Las Pajareras (Sevilla) sin antecedentes penales y en libertad por esta causa de la que no fue privado en ningún momento, representado en los autos por el Procurador de los Tribunales D. Alejandro Ruiz de Landa y defendido por la Letrada Dña. Miriam Requena Deu; Manuel, con DNI. nº. NUM018, nacido el NUM019 de 1.978, hijo de Paulino y de Filomena, natural de Oviedo (Asturias) y vecino de Burgos, con último domicilio conocido en CALLE003, nº. NUM020, NUM021, sin antecedentes penales y en libertad por esta causa de la que no fue privado desde el 20 de Julio de 2.013 hasta el 4 de Febrero de 2.014, representado en los autos por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Teresa Palacios Sáez y defendido por el Letrado D. Ángel de la Fuente Fernández; Carlos Alberto, con DNI. nº. NUM022, nacido el NUM023 de 1.975, hijo de Pedro Jesús y de Sacramento, natural y vecino de Valladolid, con último domicilio conocido en CALLE004, nº. NUM024, NUM021, con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia y en libertad por esta causa, de la que no fue privado en ningún momento, representado en los autos por la Procuradora de los Tribunales Dña. Elena Cobo de Guzmán y defendido por el Letrado D. Juan José Gómez Muñoz; Cirilo, con DNI. nº. NUM025, nacido el NUM026 de 1.980, hijo de Federico y de Daniela, natural de Lima (Perú) y vecino de Barcelona, con último domicilio conocido en CALLE005, nº. NUM027, NUM011

    , NUM011, sin antecedentes penales y en libertad por esta causa, de la que no fue privado en ningún momento, representado en los autos por la Procuradora de los Tribunales Dña. Beatriz Domínguez Cuesta y defendido por el Letrado D. Ángel de la Fuente Fernández; y Onesimo, con DNI. nº. NUM028, nacido el NUM029 de 1.970, hijo de Remigio y de Noemi, natural de Serrada (Valladolid) y vecino de Valladolid, con último domicilio conocido en PASEO000, nº. NUM030, NUM002, sin antecedentes penales y en libertad por esta causa, de la que no fue privado en ningún momento, representado en los autos por la Procuradora de los Tribunales Dña. Elena Prieto Maradona y defendido por la letrada Dña. María Pilar Lahuerta Alonso, causa en la que son partes la acusación pública y dichos acusados; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.

  3. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNO.- En Procedimiento Abreviado nº. 1.583/13 del Juzgado de Instrucción nº. 1 de Burgos están

acusados Simón, Lina, Hernan, Norberto, Jose Ramón, Manuel, Carlos Alberto, Cirilo y Onesimo, y tramitada la causa conforme a ley, se abrió en esta Audiencia el correspondiente rollo de Sala nº. 1/15, señalándose días para la celebración del correspondiente Juicio Oral, siendo éstos el 14 de Abril de 2.015 y siguientes.

DOS.- El Ministerio Fiscal, en trámite del artículo 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, presentó nuevas calificaciones considerando los hechos sometidos a enjuiciamiento como constitutivos:

  1. De un delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia, previsto y penado en los artículos 368 y 369.1, , del Código Penal, dirigiendo acusación contra:

    1. - Simón, como autor criminalmente responsable en grado de consumación, para el que solicitó, al concurrir la agravante de reincidencia del artículo 22.8ª y la atenuante muy cualificada de drogadicción del artículo 21.1, en relación con el artículo 20.2, todos del Código Penal, la imposición de la pena de cinco años de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de doscientos cincuenta mil euros (250.000,- #.) con tres meses de privación de libertad en caso de impago y costas procesales.

    2. - Lina, como autora criminalmente responsable en grado de consumación, para la que solicitó, al concurrir la agravante de reincidencia del artículo 22,, del Código Penal, la imposición de la pena de ocho años y seis meses de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de novecientos mil euros (900.000,- #.) y costas procesales.

    3. - Hernan, como autor criminalmente responsable en grado de consumación, para el que solicitó, al concurrir la atenuante muy cualificada de drogadicción del artículo 21.1, en relación con el artículo 20.2, ambos del Código Penal, la imposición de la pena de cuatro años de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de doscientos cincuenta mil euros (250.000,- #.) con tres meses de privación de libertad en caso de impago y costas procesales.

    4. - Norberto, como cómplice en grado de consumación, para el que solicitó, al concurrir la atenuante analógica de drogadicción del artículo 21.7 del Código Penal, la imposición de la pena de tres años de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de doscientos mil euros (200.000,- #.) con dos meses de privación de libertad en caso de impago y costas procesales.

    5. - Jose Ramón, como autor criminalmente responsable en grado de tentativa, para el que solicitó la imposición de la pena de un año y seis meses de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de ochenta mil euros (80.000,- #.) con dos meses de privación de libertad en caso de impago y costas procesales.

  2. De un delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud, previsto y penado en el artículo 368, del Código Penal, dirigiendo acusación contra:

    1. - Manuel, como autor criminalmente responsable en grado de consumación, para el que solicitó, al concurrir la atenuante muy cualificada de drogadicción del artículo 21.1, en relación con el artículo 20.2, ambos del Código Penal, la imposición de la pena de dos años de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de cuarenta mil euros (40.000,- #.) con dos meses de privación de libertad en caso de impago y costas procesales.

    2. - Carlos Alberto, para el que solicitó, al concurrir la agravante de reincidencia del artículo 22.8 y la atenuante muy cualificada de drogadicción del artículo 21.1, en relación con el artículo 20.2, todos del Código Penal, la imposición de la pena de veintiséis meses de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de cuarenta mil euros (40.000,- #.) con dos meses de privación de libertad en caso de impago y costas procesales.

    3. - Cirilo, para el que solicitó la imposición de la pena de un año y seis meses de Prisión, Inhabilitación Especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Multa de sesenta euros (60,- #.) con un día de privación de libertad en caso de impago y costas procesales.

    Finalmente procedió a retirar la acusación hasta entonces formulada contra Onesimo .

    Oída la calificación de los hechos, los acusados Simón, Hernan, Norberto, Jose Ramón, Manuel, Carlos Alberto,...

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