STSJ Cataluña 75/2015, 22 de Enero de 2015

PonenteJOSE LUIS GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2015:2017
Número de Recurso1127/2011
ProcedimientoRECURSO ORDINARIO (LEY 1998)
Número de Resolución75/2015
Fecha de Resolución22 de Enero de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 1127/2011

Partes: Clara y Esmeralda

C/ T.E.A.R.C.

Codemandado: GENERALITAT DE CATALUNYA

S E N T E N C I A Nº 75

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. ª NÚRIA CLÈRIES NERÍN

MAGISTRADOS

D. RAMON GOMIS MASQUÉ

D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ

En la ciudad de Barcelona, a veintidos de enero de dos mil quince.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 1127/2011, interpuesto por D. ª Clara y D. ª Esmeralda, representadas por la Procuradora D. ª ANA Mª BOLDU MAYOR, contra T.E.A.R.C., representado por el ABOGADO DEL ESTADO y contra GENERALITAT DE CATALUNYA representado por el ABOGADO DE LA GENERALITAT.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Procuradora D. ª ANA Mª BOLDU MAYOR, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña, de 25 de febrero de 2011, desestimatoria de la reclamación NUM000 presentada contra los acuerdos de la Oficina Liquidadora de Gandesa, por los que se practicó a los aquí recurrentes la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones, liquidaciones NUM001 y NUM002 .

Se presentan como motivos de impugnación la infracción por el TEAR del art. 247-2 de la LGT, prescripción del derecho de la Administración a determinar la deuda mediante la oportuna liquidación, y...

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