SAP Palencia 45/2015, 26 de Marzo de 2015
Ponente | IGNACIO JAVIER RAFOLS PEREZ |
ECLI | ES:APP:2015:90 |
Número de Recurso | 45/2015 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 45/2015 |
Fecha de Resolución | 26 de Marzo de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
PALENCIA
SENTENCIA: 00045/2015
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de PALENCIA
N01250
PLAZA DE ABILIO CALDERÓN 1
- Tfno.: 979.167.701 Fax: 979.746.456
N.I.G. 34120 41 1 2010 0008768
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000045 /2015
Juzgado de procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 6 de PALENCIA
Procedimiento de origen: MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000148 /2014
Recurrente: Teodosio
Procurador: LUIS GONZALO ALVAREZ ALBARRAN
Abogado:
Recurrido: MINISTERIO FISCAL, Belen
Procurador:, JOSE MANUEL MIRUEÑA GONZALEZ
Abogado:, MARIA DE LA O REVILLA DEL CAMPO
Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
La siguiente:
SENTENCIA Nº 45/2015
SEÑORES DEL TRIBUNAL
Ilmo. Sr. Presidente
Don Ignacio Javier Ráfols Pérez
Ilmos. Sres. Magistrados
Don Mauricio Bugidos San José
Don Miguel Donis Carracedo ----------------------------------------------En la ciudad de Palencia, a 26 de marzo de dos mil quince.
Vistos, en grado de Apelación ante esta Audiencia Provincial, los presentes autos sobre modificación de medidas de divorcio, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Palencia, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 28 de octubre de 2014, entre partes, de un lado, como apelante, Don Teodosio, representado por el Procurador Don Luis Gonzalo Álvarez Albarrán y defendido por el Letrado Don Jordi Negre Meléndez, y de otro, como apelada, Doña Belen, representada por la Procuradora Doña Manuel Mirueña González, y defendido por la Letrada Doña María de la O Revilla del Campo; siendo parte igualmente apelada el Ministerio Fiscal, y Ponente el Ilmo. Sr. Don Ignacio Javier Ráfols Pérez.
SE ACEPTAN los antecedentes fácticos de la Sentencia impugnada.
Que la parte dispositiva de la sentencia recurrida, literalmente, dice: " Que estimando sustancialmente la demanda formulada por D. Teodosio, representado por el Procurador de los Tribunales
D. Luis Gonzalo Álvarez Albarrán, contra Doña Belen, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña María Begoña Vallejo Seco, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, debo disponer:
-
- Se deja sin efecto la pensión compensatoria para la esposa.
-
- Se deja sin efecto la atribución del uso del domicilio familiar.
-
- El padre deberá abonar a los menores de edad la cantidad 125# al mes para cada uno de ellos (250# en total), que deberá abonar los cinco primeros días de cada mes en la cuenta de se designe al efecto y que será actualizada anualmente conforme a las variaciones del IPC o índice equivalente. Abonará la mitad de los gastos extraordinarios y la totalidad de los gastos de libros y material escolar que se generen al principio del curso.
-
- Se dejan sin efecto las visitas entre semana, manteniendo el resto de las medidas que fueron acordadas la sentencia de divorcio.
Se mantienen el resto los pronunciamientos contenidos en la anterior sentencia de divorcio que no contradigan lo dispuesto en la presente resolución.
No procede hacer especial pronunciamiento sobre costas ".
Contra dicha resolución presentó la representación del demandante Don Teodosio, escrito de escrito de interposición del presente recurso de apelación, del que, una vez admitido, se dio traslado al resto de partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran escrito de oposición al recurso, o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultare desfavorable.
El Ministerio Fiscal presentó dentro de plazo escrito de oposición al recurso de apelación, sin que la representación de la parte demandada se hiciese alegación; remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial para resolver el recurso de apelación.
SE ACEPTAN los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida salvo en aquello que se oponga a lo que se dirá a continuación.
Por la representación del demandante, Don Teodosio, se interpone recurso de apelación contra la sentencia de fecha 28 de octubre de 2014, dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Palencia, en la que, estimando sustancialmente la demanda de modificación de medidas adoptadas en el anterior proceso de divorcio, se acuerda, entre otros pronunciamientos, dejar sin efectos la pensión compensatoria que venía abonando el actor, hoy recurrente, y reducir la pensión de alimentos a favor de sus dos hijos menores a la cantidad de 125 euros mensuales para cada uno de ellos.
En el recurso se cuestiona la sentencia dictada, exclusivamente, en el hecho de que no se haya pronunciado sobre el momento temporal en que surte efectos la petición de supresión de la pensión de alimentos y la reducción de la cuantía alimenticia establecida a favor de los hijos menores. Solicita en este punto la parte apelante, como ya lo hizo al solicitar el complemento de sentencia que fue desestimado por Auto de fecha 14 de noviembre de 2014, que dichos efectos lo sean desde la fecha de interposición de la demanda y no desde la fecha de la sentencia como parece deducirse de ésta.
Al mismo tiempo, se solicita la supresión del párrafo segundo del Fundamento Jurídico 2º de la sentencia en cuanto, por error,...
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