SAP Castellón 4/2015, 15 de Enero de 2015

PonenteADELA BARDON MARTINEZ
ECLIES:APCS:2015:126
Número de Recurso325/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución4/2015
Fecha de Resolución15 de Enero de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN TERCERA

Rollo de apelación civil número 325 de 2014

Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón

Juicio Ordinario número 877 de 2010

SENTENCIA NÚM. 4 de 2015

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Don JOSÉ MANUEL MARCO COS

Magistrados:

Don ENRIQUE EMILIO VIVES REUS

Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ

_____________________________________

En la Ciudad de Castellón, a quince de enero de dos mil quince.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día ocho de abril de dos mil catorce por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón en los autos de Juicio Ordinario seguidos en dicho Juzgado con el número 877 de 2010.

Han sido partes en el recurso, como apelantes, Don Juan Carlos y Don Alberto, representado/a por el/ a Procurador/a D/ª. Mª Pilar Ballester Ozcariz y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Fernando Morell Pou, Don Mateo, representado/a por el/a Procurador/a D/ª. Ramón Alberto Soria Torres y defendido/a por el/a Letrado/ a D/ª. Carlos Iglesias Arauzo y Don Celestino y Doña Clara, representado/a por el/a Procurador/a D/ª. Ana Isabel Medall Gual y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Vicente Enrique Tirado Rico, y como apelados, Art Fruits, S.L., representado/a por el/a Procurador/a D/ª. Eva Mª Pesudo Arenós y defendido/a por el/a Letrado/ a D/ª. Valentín Serrats Botella, Hermanos Franch Tutelar, S.A. (no personada en esta alzada), representado/ a por el/a Procurador/a D/ª. Mª Pilar Ballester Ozcariz y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Fernando Morell Pou y Don Guillermo, (no personado en esta alzada).

Es Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. ADELA BARDÓN MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: " 1. ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE las pretensiones dirigidas por ART FRUITS, S.L., frente a HERMANOS FRANCH TUTELAR, S.A., y, en su consecuencia, condenar a la entidad demandada a los siguientes pronunciamientos: 1.1. Abonar a la parte demandante la cantidad de UN MILLÓN CUATROCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS Y OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (1.411.495,86 euros) en concepto de principal, a la que se sumarán intereses calculados conforme a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.

1.2. Formalizar y suscribir cuantos actos fuesen necesarios para dotar de eficacia a la garantía prendaria suscrita, en orden a inscribir la marca "SOLITA" en los Registros correspondientes a nombre de la mercantil HERMANOS FRANCH TUTELAR, S.L., siendo la totalidad de los gastos, impuestos, tasas, suplidos y costas que se devenguen por esta obligación, a costa de la demandada.

1.3. Abonar las costas causadas a la parte demandante en el presente procedimiento.

  1. ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE las pretensiones dirigidas por ART FRUITS, S.L., frente a Don Juan Carlos, Don Alberto, Don Guillermo, Don Mateo y Doña Clara, y, en su consecuencia, condenar a los demandados a los siguientes pronunciamientos:

    2.1. Abonar a la parte demandante, de forma solidaria entre sí y con la sociedad HERMANOS FRANCH TUTELAR, S.L., la cantidad de UN MILLÓN CUATROCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS Y OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (1.411.495,86 euros) en concepto de principal, más sus intereses calculados conforme a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.

    2.2. Abonar las costas causadas a la parte demandante en el presente procedimiento.

  2. DESESTIMAR las pretensiones ejercitadas por ART FRUITS, S.L., frente a Don Celestino y, en su consecuencia, absolver al demandado de las peticiones deducidas en su contra, sin especial imposición de las respectivas costas a ninguna de las partes.-".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de Don Juan Carlos y Don Alberto, se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Sentencia estimando íntegramente el recurso, con imposición de costas a quien se opusiera. Y por la representación procesal de D. Mateo, se interpuso recurso de apelación, solicitando se dicte Sentencia acordando: a) Declarar la nulidad de todo lo actuado en la primera instancia hasta el decreto de admisión de la demanda con las consecuencias inherentes a dicho pronunciamiento. Subsidiariamente, para el caso de no acceder a la anterior petición, acuerde: b) Desestimar las pretensiones ejercitadas por Art Fruits, S.L. Frente a Don Mateo y en su consecuencia absolver al mismo de todas las peticiones deducidas en su contra, con imposición de las costas causadas a la parte actora. Subsidiariamente, para el caso de no acceder a la anterior petición, acuerde: c) Condenar al Don Mateo al pago de la cantidad exigida en el suplico de la demanda, con reducción de las cantidades propuestas de conformidad con los motivos Cuarto y Quinto. Subsidiariamente, para el caso de de no acceder a la anterior petición, acuerde: d) Revocar la condena impuesta al Sr. Mateo consistente en abonar los intereses legales de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre respecto de la cantidad principal adeudada, condenándole en su lugar al pago del interés legal del dinero desde la fecha en que se dictara la Sentencia de conformidad con lo dispuesto en el art. 576 LEC . e) En todo caso, acuerde absolver a Don Mateo de la condena a abonar las costas causadas a la parte actora en ambas instancias. Asimismo, por la representación procesal de D. Celestino y Doña Clara, se interpuso recurso de apelación, solicitando se dicte Sentencia en la que se condene al pago de las costas procesales de la primera instancia correspondientes a D. Celestino a la parte actora y se desestime íntegramente la demanda contra Dª Clara, igualmente con la expresa imposición de costas de la referida 1ª Instancia a la parte actora Art Fruits, S.L.

Se dio traslado a las partes contrarias, presentándose por la representación procesal de Art-Fruits, S.L., escrito oponiéndose al recurso, solicitando se dicte sentencia desestimando íntegramente los recursos de apelación planteados, confirmándose la Sentencia de 1ª Instancia, con imposición de las costas de cada recurso a cada apelante, y subsidiariamente, para el improbable supuesto de que se estimara el recurso de apelación formulado por los adversos, por considerar que no procede el acogimiento de la acción de responsabilidad exlege, solicita que, entrando en el fondo del asunto se pronuncie sobre la acción individual de responsabilidad ejercitada acumuladamente contra los demandados, dictando sentencia en los términos interesados en la demanda para el acogimiento de tal acción, con imposición de costas a los demandados, tanto de la instancia como de la apelación.

Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, correspondiendo su conocimiento a esta Sección

Tercera, en virtud del reparto de asuntos.

Por Diligencia de Ordenación de fecha 16 de julio de 2014 se formó el presente Rollo y se designó Magistrada Ponente, se tuvieron por personadas las partes y por Providencia de fecha 15 de diciembre de 2014 se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 7 enero de 2015, llevándose a efecto lo acordado. TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los de la resolución recurrida en cuanto no resulten contrarios a los siguientes:

PRIMERO

La mercantil Art Fruits S.L. formuló demanda en la que ejercitaba de forma acumulada la acción de reclamación de cantidad y la de responsabilidad de administradores, junto con una obligación de hacer en cuanto a la inscripción de una marca comercial que fue hipotecada. Plantea dicha demanda frente a la también mercantil Hermanos Franch Tutelar S.A., y a los miembros de su Consejo de Administración, D. Juan Carlos, D. Celestino, Dª Clara, D. Mateo, D. Guillermo y D. Alberto, ya que aunque inicialmente dirigió también dicha demanda contra D. Severino y contra D. Arturo después desistió de continuar el procedimiento frente a los mismos.

Y lo que pedía en esa demanda era la condena solidaria de todos ellos a abonarle la cantidad de

1.471.155,69 #, en concepto de principal, (según concretó en el acto de la Audiencia Previa), más los intereses que se devenguen desde la fecha de vencimiento de la obligación de pago y hasta su efectivo abono. Además y en segundo lugar interesaba de la mercantil demandada, (según concretó también en ese acto de la Audiencia Previa), la obligación de hacer consistente en formalizar y suscribir cuantos actos fuesen necesarios para dotar de eficacia a la garantía prendaría suscrita en orden a inscribir la marca "SOLITA", en los registros correspondientes a nombre de la mercantil Hermanos Franch Tutelar S.A, interesando que la totalidad de gastos, impuestos, suplidos y costas que se devenguen por esta obligación, fueran a costa de los demandados, con expresa imposición de costa a estos.

La Sentencia dictada en primera instancia ha estimado íntegramente la demanda y ha condenado a los demandados en los términos solicitados, incluyendo además de la condena del principal la de los intereses calculados conforme a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre y el pago de las costas de la instancia, teniendo en cuenta para ello el allanamiento de la mercantil demandada, y al apreciar frente a los administradores la acción de responsabilidad objetiva, del artículo 262-5 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas . Desestima únicamente la demanda formulada frente a D. Celestino, a quien absuelve al acoger frente al mismo la excepción de falta de legitimación pasiva, por haber cesado con anterioridad en el cargo, no realizando expresa imposición de las costas generadas a dicho demandado.

Frente a esta...

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