STSJ Comunidad de Madrid 174/2015, 4 de Marzo de 2015
Ponente | FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA |
ECLI | ES:TSJM:2015:3134 |
Número de Recurso | 498/2011 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 174/2015 |
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2015 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.00.3-2011/0002111
RECURSO 498/2011-T
SENTENCIA NÚMERO 174/2015
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA
----- ---- Iltmos Señores:
Presidente.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez Magistrados:
D. José Daniel Sanz Heredero
Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí
Dña. Fátima Blanca de la Cruz Mera
---------------------En la Villa de Madrid, a cuatro de marzo de dos mil quince.
Vistos por la Sala, constituida por los Señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo .número 498/2011-T, interpuesto por D. Cesar y de D. Fructuoso, representado por la Procurador Sra. Castañeda González, contra la Resolución de 28 de julio de 2011 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid en la reclamación nº NUM000 . Ha sido parte demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada por el Abogado del Estado.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada para contestación a la demanda, lo que verificó, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la desestimación de las pretensiones deducidas en la demanda.
Con fecha 26 de febrero de 2015 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dña. Fátima Blanca de la Cruz Mera.
La resolución recurrida desestimó la reclamación económico-administrativa formulada por el recurrente contra Acuerdo de la Gerencia Regional del Catastro de 7 de noviembre de 2007, por el que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto en el nº de expediente NUM001 relativo al inmueble con nº de referencia catastral NUM002, situado en el PARAJE000, en el término municipal de Navalcarnero.
La parte actora pretende la anulación del acto administrativo impugnado porque considera que la superficie de la finca que aparece reflejada en el Catastro ha sido establecida de forma unilateral sin soporte alguno, no siendo por tanto la correcta y debiendo prevalecer, a su juicio, la que se deriva de las inscripciones y sucesivos asientos registrales practicados como consecuencia de una segregación y transmisiones posteriores,...
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