SAP Cáceres 135/2015, 27 de Marzo de 2015

PonenteVALENTIN PEREZ APARICIO
ECLIES:APCC:2015:222
Número de Recurso982/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución135/2015
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CACERES

SENTENCIA: 00135/2015

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

AVDA. DE LA HISPANIDAD S/N

Teléfono: 927620339

213100

N.I.G.: 10148 41 2 2010 0405575

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000982 /2014

Delito/falta: PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA

Denunciante/querellante:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Contra: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA C A C E R E S

SENTENCIA NÚM. 135/15

ILTMOS SRES.:

PRESIDENTA:

DOÑA Mª FELIX TENA ARAGON

MAGISTRADOS

DON VALENTIN PEREZ APARICIO

DON JESUS MARIA GOMEZ FLORES

================================

ROLLO Nº 982/14

JUICIO ORAL: 424/12

JUZGADO DE LO PENAL DE PLASENCIA ================================

En Cáceres, a veintisiete de marzo de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero

Que por el Juzgado de lo Penal de Plasencia, en el procedimiento reseñado al margen seguido por un delito de PREVARICACION ADMINISTRATIVA Y FRAUDE, contra Apolonio Rodrigo, D. Leovigildo Obdulio, Rodolfo Apolonio, Elisenda Debora, Cipriano Nicolas, Adela Ofelia, Claudio Aureliano se dictó Sentencia de fecha 10 de julio de 2014, cuyos hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente:

HECHOS PROBADOS:

"PRIMERO.- Ha quedado probado y así se declara que entre los años 2003 algunos de los acusados ocuparon diferentes cargos en el Ayuntamiento de Plasencia al que accedieron, tras las correspondientes elecciones, por la candidatura del PSOE:

  1. ) Rodolfo Apolonio (mayor de edad y sin antecedentes penales) fue Concejal en las legislaturas 2003-2007 y 2007- 2011, sucediendo en la segunda de Elisenda Debora en la concejalía de Territorio, Obras y Mantenimiento. Años antes había sido Alcalde-Presidente de la pedanía de San Gil, que pertenece a Plasencia.

  2. ) Apolonio Rodrigo (mayor de edad y sin antecedentes penales) fue concejal en las legislaturas 2003-2007 y 2007-2011, ostentando la Concejalía de Juventud y Deportes según resolución de la Alcaldía de 9 de noviembre de 2004.

  3. ) Leovigildo Obdulio (mayor de edad y sin antecedentes penales) fue Teniente de Alcalde en la legislatura 2007-2011, ostentando la Portavocía del Gobierno Local y la Concejalía de Hacienda en la que sucedió a Claudio Aureliano .

  4. ) Elisenda Debora (mayor de edad y sin antecedentes penales), fue concejal en las legislaturas 2003-2007 y 2007-2011, ostentando la concejalía de Territorio, Obras y Mantenimiento según resolución de la alcaldía de 9 de noviembre de 2004. Su acceso al Ayuntamiento fue como consecuencia de un pacto de concurrencia en las lecciones municipales entre el PSOE y el PREX-CREX, perteneciendo a éste último grupo político.

  5. ) Adela Ofelia (mayor de edad y sin antecedentes penales,

    Alcaldesa de Plasencia en las legislaturas 2003-2007 y 2007-2011. Prev Alcaldesa de la localidad cacereña de Cabezuela del Valle.

  6. ) Claudio Aureliano (mayor de edad y sin antecedentes n la legislatura 2003-2007 ostentó la Concejalía de Hacienda.

SEGUNDO

Cipriano Nicolas (mayor de edad y sin antecedentes males) es empresario dedicado al ramo de la construcción, reparaciones y

A su vez Cipriano Nicolas llevaba la dirección y gestión directa y dos empresas creadas por él:

  1. ) OGEX S.L. con fecha de inicio de operaciones del 2 de febrero de 2004, dedicada al ramo de la construcción, con un objeto social amplio en el que tienen la construcción de obras públicas y privadas, agrícolas o forestales, compra-venta de solares y otros inmuebles, administración de fincas rústicas y urbanas, así como servicios de limpieza, saneamiento y similares. Su socio único formalmente es el h de dicho acusado, Claudio Damaso, ostentando el propio Cipriano Nicolas el cargo de administrador único desde el 4 de diciembre de 2008. Aparece como apoderada de la sociedad, desde el 15 de enero de 2009, Carla Raquel .

  2. ) JARVEGA SERVICIOS URBANOS Y OBRAS DE EXTREMADURA S.L., con fecha de inicio de operaciones del 28 de septiembre de 2007, dedicada al ramo de la construcción, con un objeto social amplio en el que tienen cabida la compraventa, alquiler y promoción de viviendas, locales comerciales, naves industriales, comercialización y distribución de elementos de seguridad vial, semáforos, señales y cualesquiera otros. Ostentando el cargo de administrador único desde el 15 de enero de 2009 el hijo de dicho acusado, Claudio Damaso, sólo formalmente y que es ajeno a los hechos que se expondrán. Cipriano Nicolas es el administrador de hecho de la mencionada sociedad.

TERCERO

Rodolfo Apolonio conoció a Cipriano Nicolas en el año 1995 cuando aquel ostentaba el cargo de Alcalde pedáneo de San Gil. Dicha relación profesional, que derivó en que le contratara en numerosas ocasiones, se mantuvo durante su labor como concejal en el Ayuntamiento de Plasencia, encargado de obras, a través de un contacto directo con los empresarios, acudiendo siempre a Cipriano Nicolas, bien como persona física bien a través de sus dos empresas (OGEX Y JARVEGA), de suerte que de facto se le estaban adjudicando labores de mantenimiento, reparación, reposición y obras que se sabía de antemano que deberían con un desarrollo temporal sucesivo y a lo largo de varios meses, sin concurrecia ni pública licitación respecto de terceros empresarios del sector que interesados.

Esta situación era conocida y consentida por los demás acusados, ya que Adela Ofelia conocía a Cipriano Nicolas por la previa pertenencia de al PSOE, hasta que Cipriano Nicolas participó activamente en la creación del

(Plataforma Socialista Democrática Extremeña), una escisión del PSOE, concurriendo su hijo por orden suya a las elecciones municipales de Plasencia en el 2003 y posteriormente en la localidad de Jaraíz de la Vera en las elecciones municipaIes de 2007.

Adela Ofelia sabía que Leovigildo Obdulio, Apolonio Rodrigo, Rodolfo Apolonio y Elisenda Debora acudían directamente a Cipriano Nicolas para tipo de obras, sabedores de que no preguntaba, no Planteaba problemas, favoreciéndole.

CUARTO

Durante el tiempo que Adela Ofelia, Leovigildo Obdulio, Apolonio Rodrigo, Rodolfo Apolonio, Elisenda Debora y Claudio Aureliano ostentaron sus respectivos cargos, como autoridades locales de Plasencia, designaron entre su "personal de confianza" a las Secretarias de concejales, entre las que se encontraban Flora Herminia (desde el año 2003 al año 2011), Maria Eloisa, pareja sentimental de Apolonio Rodrigo (desde el año 2003 al año 2011) e Veronica Leonor, ésta última secretaria personal de Adela Ofelia, con quien le une una estrecha amistad, también afiliada al PSOE y habiendo ostentado en aquellas fechas el cargo de jefa de gabinete.

También fue secretaria de Apolonio Rodrigo Casilda Genoveva desde junio de 2009 a junio de 2010, como consecuencia del llamado "Plan E" (Plan para el Estímulo de la Economía y el Empleo), sin vínculo alguno con los concejales, ni de amistad ni ideológico.

En el desarrollo de las funciones que tenían atribuidas las Secretarias referidas, se ajustaban a las instrucciones que se les daban por el concejal respectivo, incluido en el ámbito de la contratación menor.

QUINTO

A instancia del entonces concejal de Hacienda, Claudio Aureliano, la empresa "SYG INFORMÁTICA" elaboró e instaló en el Ayuntamiento de Plasencia un programa para la tramitación de expedientes de contratación de obras menores, en el que se contenía el mismo trámite que la Ley 10/2007 de contratos del Sector Público, para el seguimiento y control del gasto no sujeto a licitación. El programa se instaló en el año 2007, siendo un trasunto del anterior expediente en papel, recogiendo el trámite siguiente:

  1. Propuesta del gasto que se hacía por el Concejal delegado encargado de la Concejalia responsable de la obra o el servicio que se iba a contratar.

  2. Informe del Interventor acerca de si el gasto era procedente.

  3. Conformidad de la Concejalía de Hacienda sobre si había consignación presupuestaria.

  4. Aprobación del gasto por la Alcaldía ordenando su pago.

Al tratarse de contratación menor, no era precisa la Fiscalización previa del interventor, que sin embargo tenía reservado en el programa informático un apartado al que se podía acceder por todos los que intervenían en la tramitación de cada expediente, a través de sus respectivas claves personales, pulsando la techa "i", que hacia referencia al informe emitido por el Interventor, bajo el título "Observaciones".

Esta información, junto con el funcionamiento del programa que era muy sencillo, se hizo llegar a todos los implicados en la tramitación, concejales, alcaldesa y sus respectivas secretarias, así como a la intervención y sus funcionarios. De igual modo, el programa contiene en la parte inferior de la pantalla, de forma clara y visible, una leyenda aclaratoria de lo que significa cada letra que sale en pantalla, incluida la 'i".

Posteriormente, en febrero de 2009, se introdujo por la misma empresa, a requerimiento del Ayuntamiento, una pequeña modificación en el programa para hacerlo aún más sencillo, de suerte que el informe del Interventor aparece en la primera pantalla sin necesidad de pulsar tecla del ordenador alguna. La inclusión del apartado específico de "observaciones" se realizó para salvaguardar la responsabilidad del último garante en el trámite que era la Alcaldesa entonces, Adela Ofelia . La misma, así como el concejal delegado que proponía el gasto, conocían cuál era el contenido del expediente ya que al pasarlo para la firma se imprimía completo en papel, incluyendo las facturas, y el informe del Interventor que quedaban a la vista.

Todos losacusados conocían cuál era el...

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