STSJ Castilla y León 535/2015, 19 de Marzo de 2015

PonenteJAVIER ORAA GONZALEZ
ECLIES:TSJCL:2015:1155
Número de Recurso315/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución535/2015
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID

Sala de lo Contencioso Administrativo Sección SEGUNDA

VALLADOLID C/ Angustias s/n

SENTENCIA: 00535 /2015

N.I.G: 47186 33 3 2013 0100513

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000315 /2013 LP

Sobre: DEFENSA Y SEGURIDAD

De Dña. Paloma

LETRADO CARMEN LAREO CASAL

PROCURADOR FERNANDO VELASCO NIETO

Contra MINISTERIO DE DEFENSA

LETRADO ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 535

ILMOS. SRES.

PRESIDENTA DE LA SALA:

DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA

MAGISTRADOS:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

En Valladolid, a diecinueve de marzo de dos mil quince.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso número 315/13, en el que se impugna:

La resolución del General Jefe del Mando de Artillería de Campaña del Ejército de Tierra del Ministerio de Defensa, de 16 de febrero de 2013, que desestimó el recurso de alzada formulado por Dª Paloma contra la resolución del Coronel Jefe del RACA nº 63, de 9 de noviembre de 2012, que modificó las condiciones de la reducción de jornada de trabajo por guarda legal que le habían sido reconocidas a la misma por resolución del 17 de febrero anterior.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: Dª Paloma, representada por el Procurador Sr. Velasco Nieto y defendida por la Letrada Sra. Lareo Casal. Como demandada: La Administración General del Estado (Ministerio de Defensa), representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en la misma, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se declare no ser conforme a Derecho la resolución administrativa impugnada dictada por el General Jefe del Mando de Artillería de Campaña del ejército de Tierra de fecha 16 de febrero del año 2013 que desestima el recurso de alzada interpuesto por la actora contra la resolución del Coronel Jefe del Raca 63 de 9 de noviembre del año 2012, que modificó los puntos c y e de la resolución de 17 de febrero anterior por la que se estimó la petición de reducción de jornada de trabajo por guarda legal, y en consecuencia las anule, manteniendo en su integridad la resolución de fecha 17 de febrero del año 2012, y con expresa condena en costas a la Administración demandada.

Por otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Administración demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que consta en autos.

CUARTO

Presentado escrito de conclusiones por las partes y declarados conclusos los autos, se señaló para su votación y fallo el pasado día diecisiete de marzo.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto por Dª Paloma recurso contencioso administrativo contra la resolución del General Jefe del Mando de Artillería de Campaña del Ejército de Tierra del Ministerio de Defensa, de 16 de febrero de 2013, que desestimó el recurso de alzada formulado por aquélla contra la resolución del Coronel Jefe del RACA nº 63, de 9 de noviembre de 2012, que modificó las condiciones de la reducción de jornada de trabajo por guarda legal que le habían sido reconocidas a la misma por resolución del 17 de febrero anterior, pretende la recurrente que se anulen los actos impugnados y que se mantenga en su integridad la resolución citada de 17 de febrero de 2012, pretensión que basa en...

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