SAP Madrid 96/2015, 26 de Febrero de 2015
Ponente | MARIA DEL PILAR RASILLO LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2015:2858 |
Número de Recurso | 1591/2014 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 96/2015 |
Fecha de Resolución | 26 de Febrero de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 29ª |
Sección nº 29 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ Santiago de Compostela, 96, 914934418 - 28071
Teléfono: 914934418,914933800
Fax: 914934420
Y
37051540
N.I.G.: 28.079.00.1-2014/0032046
Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 1591/2014
Origen :Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid
Procedimiento Abreviado 364/2012
Apelante: D./Dña. Baldomero
Procurador D./Dña. SILVIA GONZALEZ MILARA
Letrado D./Dña. MARIA ANGELA GARRIDO BERNARDO
Apelado: D./Dña. MINISTERIO FISCAL
SENTENCIA Nº 96/15
Ilmos Sres. Magistrados de la Sección 29ª
D. FRANCISCO FERRER PUJOL (Presidente)
Dña. PILAR RASILLO LÓPEZ (Ponente)
Dña. LOURDES CASADO LÓPEZ
En MADRID, a veintiséis de febrero de dos mil quince
VISTO, en segunda instancia, ante la Sección Vigésimo Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, el Procedimiento Abreviado núm. 364/2012, procedente del Juzgado de lo Penal núm. 14 de Madrid, seguido por delito de resistencia, contra el acusado D. Baldomero, venido a conocimiento de esta Sección en virtud de recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por dicho acusado, representado por Procuradora Dª Silvia González Miranda y defendida por Letrada Dª Ángela Garrido Bernardo, contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada de referido Juzgado, con fecha 26 de mayo de 2014, habiendo sido parte apelada el MINISTERIO FISCAL. Ha sido Ponente la Ilma. Magistrada. Dña. PILAR RASILLO LÓPEZ.
Con fecha 26 de mayo de 2014 se dictó sentencia en Procedimiento Juicio Oral de referencia por el Juzgado de lo Penal núm. 14 de Madrid .
En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos como probados: " Expresa y terminantemente se declara probado que Baldomero, mayor de edad, con numero ordinal de informática NUM000 y NIE NUM001, y sin antecedentes penales, sobre las 07:45 horas del 3 de marzo de 2012, mientras los agentes de policía realizan la prueba de alcoholemia al conductor del vehículo en el que viajaba, se dirigió a los mismos diciendo, "sois unos toca pelotas, nos estáis tratando como delincuentes", llamándoles también hijos de puta, y propinando un golpe con el antebrazo a el rostro del agente NUM002 para zafarse de él, lanzando posteriormente un nuevo golpe a al agente NUM003 sin llegar a impactarle, y sin que sufrieran lesiones.
En el momento de los hechos Baldomero tenía las facultades intelectuales y volitivas levemente disminuidas, debido al consumo de bebidas alcohólicas."
Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:
" Que debo condenar y condeno a Baldomero como autor de un DELITO DE RESISTENCIA de los artículos 556 del Código Penal, concurriendo la atenuante analógica de embriaguez del art 21.6 en relación con el art. 21.1 del CP, a la pena de 6 meses de prisión y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales."
Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la Procuradora Dª Silvia González Miranda, en nombre y representación del acusado D. Baldomero, por error en la valoración de la prueba e infracción de precepto legal por indebida inaplicación del artículo 634 CP .
Admitido a trámite se dio traslado del escrito de formalización del recurso a las demás partes, siendo impugnado por el MINISTERIO FISCAL que interesó la desestimación del recurso.
Remitidas las actuaciones a la Audiencia Provincial, fueron turnadas a las Sección 29ª, registrándose al número de rollo 1591/14 RAA, y no estimando necesario la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los hechos probados de la sentencia que se dan aquí por reproducidos.
- La defensa del acusado D. Baldomero se alza en apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Penal 14 de Madrid, de 26 de mayo de 2014, por la que se condena a dicho acusado por un delito de resistencia, alegando como primer motivo error en la valoración de la prueba, pues las declaraciones de los policías no describen una oposición tenaz e intensa, sino un simple forcejeo para zafarse de los agentes, lo que no supera los límites de la falta del artículo 634 CP . El segundo motivo del recurso es infracción de precepto legal por considerar que no se está en presencia de un...
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