ATSJ Comunidad Valenciana 58/2014, 23 de Octubre de 2014
Ponente | ANTONIO FERRER GUTIERREZ |
Número de Recurso | 34/2014 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 58/2014 |
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Civil y Penal |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CIVIL Y PENAL
VALENCIA
Rollo Nº 34/14
AUTO Nº 58/2014
Excma. Sra. Presidenta
Dª. Pilar de la Oliva Marrades
Iltmos. Sres. Magistrados
D. Antonio Ferrer Gutiérrez
D. Juan Climent Barberá
D. José Francisco Ceres Montes
Dª Mª Pía Calderón Cuadrado
En la Ciudad de Valencia, a veintitrés de octubre de dos mil catorce.
Por la Ilustrísima Sra. Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia se remitió a esta Sala el escrito de abstención de los Ilustrísimos Señores Presidente y Magistrados integrantes de la Sección Undécima de la citada Audiencia Provincial, para conocer del recurso de apelación interpuesto en los autos de Juicio Ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Valencia bajo el Nº 437/2013 a instancias de la Entidad RKV, S.A. contra la Comunidad de Propietarios del conjunto urbano DIRECCION000 NUM000 , que ha sido repartido a dicha Sección, dando lugar a la incoación de su rollo Nº 442/14.
La abstención del Iltmo Sr. D. Alexander , integrante de la Sección NUM001 , se funda en el hecho de que forma parte de la Comunidad de Propietarios demandada y por tanto se ve afectado de forma directa por el resultado del litigio. Comunicación que determina que el Presidente de dicha Sección, Iltmo Sr. D. Daniel , y los restantes integrantes de la misma, Iltmo. Sr. D. Fidel e Iltma. Sra. Dª María Inmaculada , se abstengan igualmente, por razón de la relación de amistad que les vincula con el primero de los citados.
Recibidas las actuaciones en esta Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, se abrió el presente rollo, designándose por turno como ponente, al Iltmo Sr. D. Antonio Ferrer Gutiérrez, en cuyo poder quedaron las actuaciones a fin de que -previa su deliberación- expresase el parecer de la Sala.
. Que siguiendo la doctrina sentada por la Sala de lo Civil de nuestro Tribunal Supremo (ATS de 22 de abril de 2014, Recurso Nº 11/2014, ROJ: ATS 5378/2014 ; ATS de 3 de junio de 2008, ROJ: ATS 6126/2008 , y; ATS de 3 de junio de 2008, ROJ: ATS 9282/2008), igualmente acogida por su Sala de lo Contencioso-Administrativo en su auto de fecha 4 de junio de 2009 (recurso nº 64/09) procederá declararnos incompetentes para el conocimiento de la comunicación de abstención formulada por el Presidente y Magistrados integrantes de la Sección NUM001 de la Audiencia Provincial de DIRECCION001 .
Ya que tal como explica dicha doctrina, «dispone el art. 221.1, primer inciso, de la LOPJ "El Magistrado o juez comunicará la abstención , respectivamente, a la Sección o Sala de la que...
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