ATSJ Comunidad Valenciana 58/2014, 23 de Octubre de 2014

PonenteANTONIO FERRER GUTIERREZ
Número de Recurso34/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución58/2014
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CIVIL Y PENAL

VALENCIA

Rollo Nº 34/14

AUTO Nº 58/2014

Excma. Sra. Presidenta

Dª. Pilar de la Oliva Marrades

Iltmos. Sres. Magistrados

D. Antonio Ferrer Gutiérrez

D. Juan Climent Barberá

D. José Francisco Ceres Montes

Dª Mª Pía Calderón Cuadrado

En la Ciudad de Valencia, a veintitrés de octubre de dos mil catorce.

HECHOS
PRIMERO

Por la Ilustrísima Sra. Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia se remitió a esta Sala el escrito de abstención de los Ilustrísimos Señores Presidente y Magistrados integrantes de la Sección Undécima de la citada Audiencia Provincial, para conocer del recurso de apelación interpuesto en los autos de Juicio Ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Valencia bajo el Nº 437/2013 a instancias de la Entidad RKV, S.A. contra la Comunidad de Propietarios del conjunto urbano DIRECCION000 NUM000 , que ha sido repartido a dicha Sección, dando lugar a la incoación de su rollo Nº 442/14.

SEGUNDO

La abstención del Iltmo Sr. D. Alexander , integrante de la Sección NUM001 , se funda en el hecho de que forma parte de la Comunidad de Propietarios demandada y por tanto se ve afectado de forma directa por el resultado del litigio. Comunicación que determina que el Presidente de dicha Sección, Iltmo Sr. D. Daniel , y los restantes integrantes de la misma, Iltmo. Sr. D. Fidel e Iltma. Sra. Dª María Inmaculada , se abstengan igualmente, por razón de la relación de amistad que les vincula con el primero de los citados.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, se abrió el presente rollo, designándose por turno como ponente, al Iltmo Sr. D. Antonio Ferrer Gutiérrez, en cuyo poder quedaron las actuaciones a fin de que -previa su deliberación- expresase el parecer de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

. Que siguiendo la doctrina sentada por la Sala de lo Civil de nuestro Tribunal Supremo (ATS de 22 de abril de 2014, Recurso Nº 11/2014, ROJ: ATS 5378/2014 ; ATS de 3 de junio de 2008, ROJ: ATS 6126/2008 , y; ATS de 3 de junio de 2008, ROJ: ATS 9282/2008), igualmente acogida por su Sala de lo Contencioso-Administrativo en su auto de fecha 4 de junio de 2009 (recurso nº 64/09) procederá declararnos incompetentes para el conocimiento de la comunicación de abstención formulada por el Presidente y Magistrados integrantes de la Sección NUM001 de la Audiencia Provincial de DIRECCION001 .

Ya que tal como explica dicha doctrina, «dispone el art. 221.1, primer inciso, de la LOPJ "El Magistrado o juez comunicará la abstención , respectivamente, a la Sección o Sala de la que...

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