SAP Valencia 302/2014, 3 de Noviembre de 2014

PonenteMARIA ANTONIA GAITON REDONDO
ECLIES:APV:2014:5434
Número de Recurso408/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución302/2014
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

ROLLO NÚM. 000408/2014

VTA

SENTENCIA NÚM.:302/2014

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

DOÑA ROSA MARÍA ANDRÉS CUENCA

DON GONZALO CARUANA FONT DE MORA

DOÑA MARÍA ANTONIA GAITÓN REDONDO

En Valencia a tres de noviembre de dos mil catorce.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA MARÍA ANTONIA GAITÓN REDONDO, el presente rollo de apelación número 000408/2014, dimanante de los autos de incidente concursal de oposición a la califiación nº. 65/13, promovidos ante el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 2 DE VALENCIA, entre partes, de una, como apelante a M. FISCAL y AYUNTAMIENTO DE JAVEA, representado éste por la Procuradora de los Tribunales doña ANA ARACELI MORENO GARIJO, y asistido del Letrado don JESUS JAVIER SANROSENDO MORENO y de otra, como apelados a ADMNISTRACION CONCURSAL DE P. ARMIÑANA PROMOCIONES INMOBILIARIA S.L., P ARMIÑANA PROMOCIONES INMOBILIARIAS SL, AEAT, Rodolfo, Justa, ARMIÑANA ORDOÑEZ S.L y NETJETS MANAGEMENT LIMITED representados respectivamente por los Procuradores de los Tribunales don ALEJANDRO JAVIER ALFONSO CUÑAT, don RAUL VICENTE BEZJAK, y asistidos de los Letrados don PABLO SANCHEZ CATALA, don JULIO CESAR GINER GOMEZ y don RAUL OLMOS CANET, en virtud del recurso de apelación interpuesto por M. FISCAL y AYUNTAMIENTO DE JAVEA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 2 DE VALENCIA en fecha 20 de noviembre de 2014, contiene el siguiente FALLO: " Que debo acordar y acuerdo declarar el concurso mercantil de P.Armiñana Promociones Inmobiliarias como fortuito". Procediéndose a dictar auto de aclaración de fecha 2 de enero de 2014, con la siguiente parte dispositiva:"Se aclara la sentencia, de fecha 20/11/13, en su en diversas partes de los antecedentes de hecho primero y segundo, y fundamentos de derecho primero, tercero y cuarto, en los términos expuestos en el razonamiento jurídico único de esta resolución"

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por M. FISCAL y AYUNTAMIENTO DE JAVEA, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En autos de incidente concursal sobre la calificación del concurso de la entidad P. ARMIÑANA PROMOCIONES INMOBILIARIAS SL se dictó sentencia por el Juzgado de lo Mercantil por la que se declaraba dicho concurso como fortuito.

Contra dicha resolución interpuso recurso de apelación la AEAT, con arreglo a las alegaciones contenidas en el correspondiente escrito unido a los autos.

Dado el oportuno traslado de dicho recurso, el MINISTERIO FISCAL presentó escrito por el que "se adhiere al Recurso de Apelación interpuesto por la AEAT,... interesando su estimación, sobre la base de idénticos fundamentos tácticos y jurídicos a los alegados en el mismo".

La representación procesal del M.I AYUNTAMIENTO DE JÁVEA formuló escrito de impugnación de la sentencia, "adhiriéndose ... a las alegaciones realizadas en el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado del estado en nombre y representación de la AEAT".

Por su parte, las representaciones procesales de la entidad...

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