SAP Castellón 458/2014, 2 de Diciembre de 2014

PonenteESTEBAN SOLAZ SOLAZ
ECLIES:APCS:2014:1214
Número de Recurso790/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución458/2014
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN PRIMERA

Rollo de Apelación Penal Núm. 790 año 2.014.

Juzgado de lo Penal Núm. 3 de Castellón.

Juicio Oral Núm. 126 del año 2.011.

SENTENCIA Nº 458

Iltmos. Sres.:

Presidente:

Don CARLOS DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ

Magistrados:

Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO

En la ciudad de Castellón, a dos de diciembre de dos mil catorce.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados anotados al margen, ha visto y examinado el presente Rollo de Apelación Penal Núm. 790 del año 2.014, incoado en virtud de recurso interpuesto contra la Sentencia dictada el día 27 de mayo de 2014 por el Juzgado de lo Penal Núm. 3 de Castellón, en los autos de Juicio Oral seguidos con el Núm. 126 del año 2012, instruidos con el número de Procedimiento Abreviado 104 del año 2.010 por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Núm. 3 de Nulers.

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, Francisco, con N.I.E. nº NUM000, nacido en Chile el día NUM001 .1991, hijo de Horacio y Teodora, con domicilio en Onda (Castellón) AVENIDA000 nº NUM002 - NUM003, representado por el Procurador Don Agustín Cerdá Dols y asistido por la Abogada Doña Yolanda María Roig Delgado, y como APELADO, el Ministerio Fiscal, representado por el Iltmo. Sr. Fiscal Don Carlos Sarmiento Carazo, y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los siguientes hechos:" Francisco, mayor de edad (...) y sin antecedentes penales, fue condenado por Sentencia firme de fecha 7 de abril de 2009, dictada por el Juzgado de Menores nº 1 de Castellón, como autor de un delito de hurto a la pena de 60 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad, consistentes,según auto de aprobación de 22 de junio de 2009, en tareas de limpieza y mantenimiento, en el término municipal de Onda, a cumplir de lunes a viernes, en horario de 8 a 14 horas iniciándose su cumplimiento el 19 de mayo de 2009 y finalizando el 2 de junio de 2009. Francisco, siendo ya mayor de edad y actuando con desprecio a la anterior resolución judicial, llegó tarde en la primera sesión y no acudió los días 25, 26, 28 y 29 de mayo y los días 1 y 2 de junio; todo ello sin que existiera causa suficiente que justificara su ausencia".

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia es del tenor literal siguiente: "Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Francisco como autor de un delito de quebrantamiento de condena del art. 468.1º del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DOCE MESES DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE DOS EUROS, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 C.P ., y abono de las costas".

TERCERO

Notificada dicha Sentencia a las partes, la representación procesal de Francisco interpuso recurso de apelación contra la misma que, por serlo en tiempo y forma, se admitió en ambos efectos, evacuándose el trámite de impugnación, con remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Castellón.

CUARTO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, se turnaron a la Sección Primera, donde se formó el oportuno Rollo de Apelación, tramitándose el recurso y señalándose para la deliberación y votación del Tribunal el pasado día 25 de noviembre de 2014 en que ha tenido lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso de apelación se han observado, en lo sustancial, todas las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

SE ACEPTAN los así declarados en la resolución que se recurre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los de la Sentencia recurrida, y

PRIMERO

Recurre el acusado Francisco la Sentencia dictada en primer grado jurisdiccional que le condenó como autor de un delito de quebrantamiento de condena ( art. 468.1 CP ) por incumplir cuando alcanzó la mayoría de edad la pena de trabajos en beneficio de la comunidad que le fue impuesta cuando era menor de edad por el Juzgado de Menores de Castellón.

Frente a esta Sentencia se alza la citada acusada solicitando de esta Sala su revocación y el dictado de otra nueva por la que se le absuelva del citado delito con todos los pronunciamientos favorables, pretensión revocatoria que ampara y...

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