ATS, 18 de Febrero de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso871/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "FORMACIÓN Y SERVICIOS AGROALIMENTARIOS, S.L." se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia dictada, en fecha 15 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 10458/2012 dimanante del juicio ordinario nº 1258/2008 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 19 de marzo de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado a las mismas con fecha 25 de marzo de 2014.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Luciano Rosch Nadal, en nombre y representación de "FORMACIÓN Y SERVICIOS AGROALIMENTARIOS, S.L.", con fecha 8 de mayo de 2014 presentó escrito ante esta Sala personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª María del Ángel Sánz Amaro, en nombre y representación de D. Carlos José , presentó escrito ante esta Sala con fecha 25 de abril de 2014, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "FORMACIÓN Y SERVICIOS AGROALIMENTARIOS, S.L.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "FORMACIÓN Y SERVICIOS AGROALIMENTARIOS, S.L." contra la sentencia dictada, en fecha 15 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 10458/2012 dimanante del juicio ordinario nº 1258/2008 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en los art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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