STSJ Comunidad de Madrid 71/2015, 21 de Enero de 2015

PonenteSANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO
ECLIES:TSJM:2015:762
Número de Recurso1700/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución71/2015
Fecha de Resolución21 de Enero de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Quinta

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009730

NIG: 28.079.00.3-2012/0012997

Procedimiento Ordinario 1700/2012

Demandante: D./Dña. Casimiro

PROCURADOR D./Dña. FUENCISLA ALMUDENA GOZALO SANMILLAN

Demandado: Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid. Ministerio de Economía y Hacienda

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

SENTENCIA 71

RECURSO NÚM.: 1700-2012

PROCURADOR D./DÑA.: FUENCISLA ALMUDENA GOZALO SANMILLÁN

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados

D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo

Dña. María Rosario Ornosa Fernández

Dña. María Antonia de la Peña Elías

Dña. Sandra María González de Lara Mingo

Dña. Carmen Álvarez Theurer ----------------------------------------------- En la Villa de Madrid a 21 de Enero de 2015.

Visto por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso contencioso-administrativo nº 1.700/2.012, promovido por la Procuradora Dª Fuencisla Almudena Gozalo Sanmillán, en representación de Don Casimiro, la resolución del Tribunal EconómicoAdministrativo Regional de Madrid, de 20 de junio de 2012, por la que se desestimó la reclamación económicoadministrativa número NUM000, contra el Acuerdo de la Administración de María de Molina de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra la liquidación nº NUM001, en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ejercicio 2008, por cuantía de 2.334,32 #.

Ha sido parte demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la impugnación de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, de 20 de junio de 2012, por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa número NUM000, contra el Acuerdo de la Administración de María de Molina de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra la liquidación nº NUM001, en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ejercicio 2008, por cuantía de 2.334,32 #.

SEGUNDO

Contra dicha resolución interpuso recurso contencioso-administrativo la Procuradora Dª Fuencisla Almudena Gozalo Sanmillán, en representación de Don Casimiro, mediante escrito presentado el 12 de noviembre de 2.012 en el Registro General de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid y, admitido a trámite, se requirió a la Administración demandada la remisión del expediente administrativo, ordenándole que practicara los emplazamientos previstos en el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción . Verificado, se dio traslado al recurrente para que dedujera la demanda.

TERCERO

Evacuando el traslado conferido, la Procuradora Dª Fuencisla Almudena Gozalo Sanmillán, en representación de Don Casimiro, presentó escrito el 21 de junio de 2013, en el que, después de exponer los hechos y fundamentos que estimó pertinentes, solicitó a la Sala que «(...) dicte sentencia por la que se reconozca íntegramente el derecho de mi representado a que se le devuelva la cantidad de 2.334,32 euros, más los intereses de demora, con todos los pronunciamientos legales favorables derivados de dicho reconocimiento».

CUARTO

El Abogado del Estado por escrito que tuvo entrada en este Tribunal en fecha 2 de septiembre de 2013, tras alegar cuantos hechos y fundamentos jurídicos tuvo por conveniente, contestó la demanda, y terminó por suplicar de la Sala «(...) dicte en su día sentencia por la que desestime e recurso contencioso- administrativo por ser conforme a Derecho en acto recurrido».

QUINTO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni la celebración de vista pública, ni el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo, la audiencia del día veinte de enero de dos mil quince, en que ha tenido lugar.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª Sandra María González de Lara Mingo, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo, como ya se dijo, la impugnación de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, de 20 de junio de 2012, por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa número NUM000, contra el Acuerdo de la Administración de María de Molina de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra la liquidación nº NUM001, en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ejercicio 2008, por cuantía de 2.334,32 #.

SEGUNDO

Pretende la Procuradora Dª Fuencisla Almudena Gozalo Sanmillán, en representación de Don Casimiro la anulación de la resolución recurrida por cuanto, a su juicio, es contraria a derecho, aduciendo en apoyo de dicha pretensión y en esencia, un breve relato de los hechos. A continuación expone como fundamento de su pretensión una serie de Fundamentos de Orden Jurídico Procesal y seguidamente en los Fundamentos Jurídico materiales afirma que la controversia se deriva de la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2008, en la que el...

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