SAP Asturias 208/2014, 27 de Octubre de 2014

PonenteJOSE PALLICER MERCADAL
ECLIES:APO:2014:3264
Número de Recurso203/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución208/2014
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 8ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8GIJON SENTENCIA: 00208/2014

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ASTURIAS - Sección 8ª

Palacio de Justicia - Plaza Decano Eduardo Ibaseta nº 1-2ª planta - 33207 - Gijón

Teléfono: 985197270; Fax: 985197269; correo electrónico: audiencia.s8.gijon@justicia.es

APELACIÓN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 203/2014

Órgano de procedencia:................... Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón

Procedimiento de Origen:............... Procedimiento Abreviado nº 126/2014

Sentencia 208/2014

Presidenta: ..... Ilma. Sra. Dª. Alicia Martínez Serrano

Magistrados: .. Ilmo. Sr. D. José Francisco Pallicer Mercadal

................................ Ilma. Sra. Dª. Laura García Monge Pizarro

En Gijón, a veintisiete de octubre de dos mil catorce.

VISTA, en grado de apelación, por la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Asturias, compuesta por los Magistrados arriba indicados, la causa Procedimiento Abreviado nº 203/2014 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón sobre delito de impago de prestaciones, que dio lugar al Rollo de Apelación nº 203 de 2014 de esta Sala, entre partes, como apelante Marco Antonio, representado por la Procuradora Dª. Pilar Cancio Sánchez y dirigido por la Letrada Dª. Patricia Sanz Fernández, y como apelada Apolonia, representada por el Procurador D. Jorge Somiedo Tuya y dirigida por el Letrado D. Pablo Díez Fernández, siendo asimismo parte el MINISTERIO FISCAL, y PONENTE el ILMO. SR. D. José Francisco Pallicer Mercadal, y fundados en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón dictó Sentencia en la referida causa en fecha 28 de mayo de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que debo condenar y condeno a Marco Antonio como autor criminalmente responsable de un delito de impago de prestación económica, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a que indemnice a Apolonia en los términos referidos en el Fundamento Jurídico Cuarto y al pago de las costas incluidas las de la acusación particular".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Marco Antonio del que se dio traslado a las demás partes personadas, y remitido el asunto a esta Sección 8ª, se registró como Rollo de Apelación nº 203 de 2014, y se pasaron los autos para resolver al Ponente, que expresa el parecer de la Sala.

TERCERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, y con ellos la declaración de hechos probados, que se da aquí por reproducida.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
primero

Sobre la base de alegar error en la valoración de la prueba, impugna el apelante la sentencia

que le condenó como autor de un delito de abandono de familia en su modalidad de impago de las pensiones alimenticias mensuales judicialmente establecidas a favor de las hijas menores.

Para fundamentar dicho error, alega el apelante que a pesar de la sentencia de divorcio de fecha 11 de junio de 2007, los ex cónyuges se reconciliaron después del divorcio reanudando la convivencia que duró desde enero de...

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