SAP Asturias 208/2014, 27 de Octubre de 2014
Ponente | JOSE PALLICER MERCADAL |
ECLI | ES:APO:2014:3264 |
Número de Recurso | 203/2014 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 208/2014 |
Fecha de Resolución | 27 de Octubre de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 8ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8GIJON SENTENCIA: 00208/2014
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ASTURIAS - Sección 8ª
Palacio de Justicia - Plaza Decano Eduardo Ibaseta nº 1-2ª planta - 33207 - Gijón
Teléfono: 985197270; Fax: 985197269; correo electrónico: audiencia.s8.gijon@justicia.es
APELACIÓN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 203/2014
Órgano de procedencia:................... Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón
Procedimiento de Origen:............... Procedimiento Abreviado nº 126/2014
Sentencia 208/2014
Presidenta: ..... Ilma. Sra. Dª. Alicia Martínez Serrano
Magistrados: .. Ilmo. Sr. D. José Francisco Pallicer Mercadal
................................ Ilma. Sra. Dª. Laura García Monge Pizarro
En Gijón, a veintisiete de octubre de dos mil catorce.
VISTA, en grado de apelación, por la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Asturias, compuesta por los Magistrados arriba indicados, la causa Procedimiento Abreviado nº 203/2014 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón sobre delito de impago de prestaciones, que dio lugar al Rollo de Apelación nº 203 de 2014 de esta Sala, entre partes, como apelante Marco Antonio, representado por la Procuradora Dª. Pilar Cancio Sánchez y dirigido por la Letrada Dª. Patricia Sanz Fernández, y como apelada Apolonia, representada por el Procurador D. Jorge Somiedo Tuya y dirigida por el Letrado D. Pablo Díez Fernández, siendo asimismo parte el MINISTERIO FISCAL, y PONENTE el ILMO. SR. D. José Francisco Pallicer Mercadal, y fundados en los siguientes:
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón dictó Sentencia en la referida causa en fecha 28 de mayo de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que debo condenar y condeno a Marco Antonio como autor criminalmente responsable de un delito de impago de prestación económica, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a que indemnice a Apolonia en los términos referidos en el Fundamento Jurídico Cuarto y al pago de las costas incluidas las de la acusación particular".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Marco Antonio del que se dio traslado a las demás partes personadas, y remitido el asunto a esta Sección 8ª, se registró como Rollo de Apelación nº 203 de 2014, y se pasaron los autos para resolver al Ponente, que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, y con ellos la declaración de hechos probados, que se da aquí por reproducida.
Sobre la base de alegar error en la valoración de la prueba, impugna el apelante la sentencia
que le condenó como autor de un delito de abandono de familia en su modalidad de impago de las pensiones alimenticias mensuales judicialmente establecidas a favor de las hijas menores.
Para fundamentar dicho error, alega el apelante que a pesar de la sentencia de divorcio de fecha 11 de junio de 2007, los ex cónyuges se reconciliaron después del divorcio reanudando la convivencia que duró desde enero de...
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