SAP Zaragoza 574/2014, 19 de Diciembre de 2014

PonenteMARIA ELIA MATA ALBERT
ECLIES:APZ:2014:2017
Número de Recurso477/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución574/2014
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00574/2014

SENTENCIA NUMERO: 574-14

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente

D. JULIAN CARLOS ARQUE BESCOS

Magistrados

D. FRANCISCO ACIN GAROS

Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

En Zaragoza, a diecinueve de diciembre de dos mil catorce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Segunda, de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de DIVORCIO CONTENCIOSO 798/2013, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 477/2014, en los que aparece como parte apelante, Zulima, representada por el Procurador de los tribunales, Sra. GEMMA LAGUNA BROTO, asistida por el Letrado D. MARIA PILAR ESPAÑOL BARDAJI, y como parte apelada, Juan Pablo, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. PEDRO AMADO CHARLEZ LANDIVAR, asistido por el Letrado D. TERESA OBON AVELLANA, habiendo sido también parte el MINISTERIO FISCAL, y en cuyos autos en fecha 27-06-2014 recayó Sentencia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la representación de Dª Zulima frente a D. Juan Pablo, debo declarar y declaro disuelto por razón de divorcio el matrimonio hasta la fecha existente entre los expresados cónyuges, con todos los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento y acordando como efectos del mismo:1º/ La guarda y custodia de la menor Isabel será compartida por periodos meses naturales alternos pòr ambos progenitores quienes ostentarán igualmente de forma conjunta la autoridad familiar.- La alternancia se desarrollará por periodos de meses naturales, realizándose las entregas y recogidas a las 20,30 horas del último día del mes en el domicilio del progenitor custodio hasta ese momento, debiendo recoger el menor el progenitor que inicia la custodia o excepcionalmente familiar directo por él autorizado. En caso de que ese día fuese sábado, domingo o festivo escolar (diferente de los periodos de vacaciones escolares de navidad, semana santa o verano), la entrega la realizará el primer dia siguiente lectivo escolar.- Caca mes de septiembre iniciará la custodia un progenitor diferente, correspondiendo los años pares y acabados en 0 a la madre y los años impares al padre.- El progenitor no custodio podrá tener al menor conforme al siguiente régimen de visitas:- Fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio, o en su defecto las 17,00 horas hasta las 20,30 horas del domingo.- A los fines de semana se unirán los puentes.- La semana siguiente al fin de semana en que la mayor haya estado con el progenitor no custodio, este la tendrá los martes y jueves desde la salida del colegio, o en su defecto las 17,00 horas hasta las 20,00 horas. La semana siguiente al fin de semana en que la menor no haya estado con el progenitor no custodio este la tendra bajo su custodia los lunes y miércoles desde la salida del Colegio, o en su defecto las 17,00 horas hasta las 20,00 horas.-Las vacaciones escolares de navidad se repartirán por mitad eligiendo periodos el padre los años impares y la madre los años pares y acabados en 0, debiendo comunicarse estas elecciones con 15 de antelación al inicio de las vacaciones, con perdida del derecho de elección en caso contrario. Las vacaciones escolares comprenderán desde las 19,00 horas del último dia lectivo hasta las 20,00 horas el dia anterior al de reinicio de las clases. Los periodos serán: 1.- Desde las 19,00 horas del último dia lectivo hasta las 20,00 horas del dia 30 de diciembre y 2.- desde las 20,00 horas del dia 30 de diciembre hasta las 20,00 horas del dia anterior al de reinicio de las clases. En la festividad de Reyes, el progenitor al que no le corresponda tener consigo a la menor, podrá estar en su compañía desde las 17,30 horas hasta las 19,30 horas.- Quincenas alternas durante las vacaciones escolares de verano en los meses de julio y agosto, eligiendo quincenas el padre los años pares y acabados en 0 y la madre los años impares, con preaviso de 1 mes de antelación al inicio de las vacaciones, con pérdida de derecho de elección en caso contrario.- Las quincenas seran: - desde las 20,00 horas del dia 30 de junio hasta las 20,00 horas del 15 de julio.- desde el 15 de julio a las 20,00 horas hasta las 20,00 horas del dia 31 de julio.- desde el 31 de julio a las 20,00 horas hasta las 20,00 horas del 15 de agosto. - desde el 15 de agosto a las 20,00 horas hasta las 20,30 del 31 de agosto.- Las vacaciones escolares de Semana Santa que comprenderán desde las 10,00 horas del primer dia festivo escolar hasta las 20,00 horas del dia anterior al de reinicio de las clases, se dividirán en cos periodos de igual duración en la medida de lo posible, teniendo lugar el cambio a las 20,00 horas del dia intermedio, eligiendo periodos el padre los años pares y acabados en 0 y la madre los años impares, debiendo comunicarse estas elecciones con un mes de antelación del inicio de las vacaciones escolares con pérdida del derecho de elección en caso contrario.- Todos los periodos vacacacionales interrumpirán la alternancia de fines de semana y estancias intersemanales.- Los dias del padre y de la madre y en los cumpleaños de cada uno de ellos y de la menor, el progenitor no custodio en ese momento podrá tener a la menor desde la salida del colegio o, en su defecto, desde las 17,00 horas hasta las 20,00 horas.- Salvo cuando se realicen en el centro escolar, las entregas y recogidas de la menor se realizarán en el domicilio del progenitor custodio en ese momento.- El presente régimen de custodia y visitas dará comienzo el próximo dia 31 de agosto a las 20,30 horas, iniciando la aleternancia mensual la Sra. Zulima

. 2º/ Se atribuye a la hija del matrimonio y a la madre Sra. Zulima el uso y disfrute del domicilio familiar y del ajar doméstico sito en C/ PLAZA000 nº NUM000, NUM001 NUM002 de Zaragoza. Todos los gastos...

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