SAP Cádiz 508/2014, 31 de Octubre de 2014

PonenteCARLOS ERCILLA LABARTA
ECLIES:APCA:2014:1640
Número de Recurso544/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución508/2014
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

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- - S E N T E N C I A nº: 508/14

Ilmos. Sres.

Presidente

D. CARLOS ERCILLA LABARTA

Magistrados

D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO

Dª. ROSA Mª FERNÁNDEZ NUÑEZ

JUZGADO: Jerez de la Frontera nº 6

Juicio Modificación Medidas nº 1350/13

Rollo Apelación Civil nº: 544

Año: 2.014

En la ciudad de Cádiz a día 31 de octubre de 2014.

Vistos en trámite de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz los autos del Recurso de Apelación Civil de referencia del margen, seguidos por Juicio de Modificación de Medidas, en el que figura como parte apelante DOÑA Inmaculada representada por la Procuradora Sra. Oliva Fernández y asistida de Letrado doña María J. Gutiérrez Postigo y parte apelada DON Teofilo representada por la Procuradora Sra. Noriega Fernández y asistido de Letrada doña Angeles González Eslava así como el Ministerio Fiscal; actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS ERCILLA LABARTA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Jerez de la Frontera, se dictó sentencia con fecha 3/4/14 cuyo fallo literalmente transcrito dice: " Que ESTIMANDO en parte la demanda de Modificación de Medidas interpuesta por el Procurador D. Luis Osborne García Raez en nombre y representación de D. Teofilo contra Dña Inmaculada se acuerda modificar el régimen de visitas establecido en la sentencia de divorcio dictada entre las partes, en el siguiente sentido:

    Durante los meses que el actor no se halle fuera de Jerez (periodo de noviembre a abril) las visitas se mantienen en régimen de fines de semana alternos desde el sábado a las 11horas al domingo a las 20 horas, pernoctando la menor con el padre en Sevilla o en el domicilio de la abuela paterna. Quedan suspendidas las visitas en el periodo entre mayo y octubre, manteniéndose el derecho comunicación telefónica o por otro medio.

    Las vacaciones de Navidad y Semana Santa se repartirán por mitad. En Navidad desde el primer día de vacaciones a las 11 horas hasta el día 31 de diciembre a las 11 horas, y del 31 de diciembre al día anterior al comienzo de las clases a las 20 horas. El día de Reyes el progenitor al que no le corresponda podrá estar con la menor de 17 a 20 horas. En Semana Santa el primer periodo abarca desde el viernes de Dolores a las 17 horas al Miércoles Santo a las 11 horas, y el segundo del Miércoles Santo al Domingo de Resurrección a las 20 horas "

  2. - Contra la antedicha sentencia por la representación de doña Inmaculada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido a trámite por el Juez "a quo" remitiendo las actuaciones a esta Audiencia Provincial, dándose traslado del referido escrito de apelación a la parte contraria por término legal para que pudiera formular escrito de oposición o...

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