SAP Barcelona 513/2014, 22 de Diciembre de 2014
Ponente | FRANCISCO HERRANDO MILLAN |
ECLI | ES:APB:2014:13378 |
Número de Recurso | 99/2013 |
Procedimiento | VERBAL - COGNICIóN |
Número de Resolución | 513/2014 |
Fecha de Resolución | 22 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN UNDÉCIMA
ROLLO Nº 99/2013
JUICIO VERBAL Nº 451/2012
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 2 SABADELL (ANT.CI-3)
S E N T E N C I A Nº 513
Ilmo. Sr.
Francisco Herrando Millan
En Barcelona, a veintidos de diciembre de dos mil catorce.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 451/2012 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 2 Sabadell (ant.CI-3), a instancia de D. Esteban contra TUS, SCCL y GROUPAMA SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la entidad aseguradora demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 3 de octubre de 2012, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: " FALLO Que debo ESTIMAR y ESTIMO en su integridad la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Roser Llonch Trías, en nombre y representación de D. Esteban, contra TUS SCCL Y GROUPAMA, debiendo condenar a estas últimas a abonar al actor, de manera conjunta y solidaria, la cantidad de 3.028,96 euros, cantidad que deberá incrementarse con los intereses del art. 20 L.C.S para la entidad aseguradora y con los ordinarios para la parte codemandada. Se imponen las costas a los demandados."
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por GROUPAMA SEGUROS Y REASEGUROS S.A. y dado el oportuno traslado a las demás partes se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para resolución el día 10 de diciembre de 2014.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Magistrado designado el Ilmo. Sr. D. Francisco Herrando Millan.
Promovió la parte actora las presentes actuaciones en reclamación de cantidad por los daños corporales sufridos al acceder a un autobús de transporte público. Admitida a trámite la demanda y emplazadas las partes procesales, tras los trámites procesales pertinentes se dictó sentencia estimando la demanda. Contra la sentencia se alzó la demandada.
Se admiten y dan por reproducidos los hechos y fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los de esta resolución.
Alegó la apelante la culpa exclusiva del...
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