SAP Barcelona 440/2014, 30 de Octubre de 2014
Ponente | RAMON FONCILLAS SOPENA |
ECLI | ES:APB:2014:12961 |
Número de Recurso | 482/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 440/2014 |
Fecha de Resolución | 30 de Octubre de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
ROLLO Nº 482/2013-M
Procedencia: Juicio Verbal nº 1307/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona
S E N T E N C I A Nº 440/2014
Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as:
Dª. MERCEDES HERNÁNDEZ RUIZ OLALDE
D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA
Dª. MIREIA RÍOS ENRICH
En la ciudad de Barcelona, a treinta de octubre de dos mil catorce.
VISTOS en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, los presentes autos de Juicio Verbal nº 1307/2012, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona, a instancia de D. Avelino, D. Benjamín, Dª. Vicenta, D. Carmelo y Dª. María Cristina, representados por la Procuradora de los Tribunales Dª. Miriam Sagnier Valiente y asistidos por el Letrado D. José Luis Jori Tolosa, contra D. Damaso, representado por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Pascual Pascual y asistido por la Letrada Dª. Gloria Moreno Castillón, y contra los Ignorados Ocupantes de C/ PASSEIG000 nº NUM000, NUM001, NUM002 de Barcelona, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mencionados autos el día 27 de mayo de 2013.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO:
Desestimo totalmente la demanda formulada por la representación procesal de don Avelino, doña Vicenta, D. Carmelo, Dª María Cristina y don Benjamín, contra don Damaso, y absuelvo al demandado del pedimento declarativo y de condena de desahucio por precario del suplico actor; con expresa imposición de las costas procesales a dichos cinco actores.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, del que se dio traslado a las demás partes personadas, oponiéndose al mismo la parte contraria. Finalmente se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección.
Se señaló para votación y fallo el día 7 de octubre de 2014.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA.
El pleito recae sobre una vivienda que pertenece a cuatro hermanos (uno de ellos fallecido sustituido por sus tres hijos) por título herencia. Uno de ellos, con su participación de 1/4 está poseyendo la vivienda. La posesión empezó al final de la vida de la madre y él dice que fue para cuidarla ya que nadie más se ocupaba de ella. Los demás hermanos y sobrinos, que han presentado la demanda, dicen que fue por motivos laborales y su interés exclusivo que se trasladó de la vivienda que tenía y tiene en Tarragona a la de autos. Cuando falleció la madre en julio de 2009 se queda en la vivienda con la aquiescencia de los hermanos y sobrinos mientras no se llegara a la solución de la venta y distribución del precio entre los partícipes. Se puso la vivienda a oferta de venta pero no se materializó (los hermanos manifiestan que, tras haber surgido una oferta, el hermano ocupante dijo que ya se la quedaría con el producto de la venta de la vivienda de Tarragona, lo que no se ha producido ni parece que sea su...
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