SAP Albacete 5/2015, 14 de Enero de 2015
Ponente | CESAREO MIGUEL MONSALVE ARGANDOÑA |
ECLI | ES:APAB:2015:2 |
Número de Recurso | 545/2014 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 5/2015 |
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
de ALBACETE
Domicilio: C/ SAN AGUSTÍN Nº 1 DE ALBACETE.
Telf: 967596558 /967596557
Fax: 967596501 /967596530
Modelo: 001200
N.I.G.: 02003 43 2 2012 0005179
ROLLO APELACION PENAL nº 545/2014 APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000545 /2014
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 3 de ALBACETE
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000273 /2013
RECURRENTE: Florencio
Procuradora: ELVIRA SANCHEZ GARCIA
Letrada: CRISTINA GUERRERO MATEO
RECURRIDO: MINISTERIO FISCAL
SENTENCIA Nº 5/15
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Iltmos. Sres.
Presidente:
D. CESAR MONSALVE ARGANDOÑA
Magistrados:
D. JOSE GARCIA BLEDA
D. MANUEL MATEOS RODRIGUEZ
En Albacete, a catorce de enero de dos mil quince.
VISTOS ante esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos de Juicio Oral nº 273/2013, seguidos ante el Juzgado de lo Penal nº 3 de Albacete, sobre CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, contra Florencio, en esta instancia apelante, representado por la Procuradora Dª. Elvira Sánchez García, y defendido por la Letrada Dª. Cristina Guerrero Mateo, interviniendo el Ministerio Fiscal en concepto de apelado, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. CESAR MONSALVE ARGANDOÑA.
-
- Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuyos Hechos Probados y Parte Dispositiva dicen así: "HECHOS PROBADOS: ÚNICO.- Sobre las 16:18 horas del día 16 de abril de 2012, el acusado Florencio, mayor de edad y ejecutoriamente condenado en virtud de sentencia firme de 20 de enero de 2012, del Juzgado de instrucción nº 1 de Barcelona en la diligencias urgentes 7/2012 como autor de un delito contra la seguridad de vial del art. 384 del Cp ., fue sorprendido conduciendo el vehículo matrícula ....-BVZ a la
altura del punto kilométrico 323,200 de la carretera N-322, siendo detenido por agentes de la Guardia Civil por circular a una velocidad superior a la permitida. El acusado conducía el referido vehículo con conocimiento que carecía de autorización para conducir vehículos a motor, al haber sido privada de la totalidad de los puntos que le fueron asignados en virtud de resolución administrativa de fecha 6 de junio de 2010 dictada en expediente NUM000 de la Jefatura Provincial de Barcelona, que le fue notificada personalmente el 20 de enero de 2012.- FALLO : CONDENO a Florencio como autor de un delito contra la seguridad vial del art. 384.1 del Código Penal, con la circunstancia agravante de reincidencia del art. 22.8 del Cp, a la pena de VEINTE MESES DE MULTA, a razón de SEIS EUROS DIARIOS, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, conforme se establece en el artículo 53 del Código Penal, y al pago de las costas procesales.- Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Albacete, mediante escrito que deberán presentar en este Juzgado en el plazo legal de diez días desde su notificación.- Expídase testimonio literal de la presente resolución, que se unirá a los autos de su razón, y el original intégrese en el libro de sentencias.- Así por esta Sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.-"
-
- Interpuesto recurso de apelación por la Procuradora Dª. Elvira Sánchez García en nombre y representación de Florencio, impugnado por el Ministerio Fiscal, alegaron como motivos los expuestos en los escritos de apelación e impugnación presentados ante el Juzgado de lo Penal nº 3 de Albacete, escritos que se dan íntegramente por reproducidos.
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- Tramitado el presente recurso de apelación con arreglo a derecho, se celebró votación y fallo del mismo el día 8 de enero de 2015.
Se aceptan los fundamentos jurídicos excepto en lo que se opongan a lo que se expresa en los siguientes.
Recurrió el condenado Florencio la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal a través de la cual se le impone una pena, como autor de un delito contra la seguridad vial del art. 384.1 del Código Penal, de VEINTE MESES DE MULTA CON CUOTA DIARIA DE SEIS EUROS, con arresto sustitutorio de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas y pago de costas.
Impugnó el recurso el Ministerio Fiscal, que interesó la confirmación de la sentencia recurrida.
El primer motivo de apelación combate la pena de multa impuesta, que considera desproporcionada a la gravedad del delito cometido pues, a su juicio, debió imponérsele la pena de trabajos en beneficio de la comunidad como solicitó en acto de juicio con carácter subsidiario a su absolución.
El motivo se desestima. Decíamos en nuestra reciente sentencia de 29 de abril de 2.014,...
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