ATS, 11 de Febrero de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso938/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Febrero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 de Madrid presentó el día 20 de diciembre de 2013, escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 15 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 18ª), en el rollo de apelación nº 590/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 108/2010 del Juzgado de primera instancia nº 67 de Madrid.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 25 de marzo de 2014 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes el día 31 de marzo de 2014.

  3. - El procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de "PROMOCIONES HABITAT, S.A.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 3 de abril de 2014, personándose en calidad de recurrido, mientras que la procuradora Dª. Helena Romano Vera, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 de Madrid, presentó escrito el día 14 de abril de 2014, personándose en calidad de parte recurrente .

  4. - Por la parte recurrente se han constituido los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - A la vista de las alegaciones de las partes, procede admitir el recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 de Madrid al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 473 y 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizados por la representación de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 de Madrid, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 de Madrid contra la sentencia dictada, con fecha 15 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 18ª), en el rollo de apelación nº 590/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 108/2010 del Juzgado de primera instancia nº 67 de Madrid.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalicen su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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