SAP Cuenca 123/2014, 25 de Noviembre de 2014

PonenteJOSE MARIA ESCRIBANO LACLERIGA
ECLIES:APCU:2014:341
Número de Recurso94/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución123/2014
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00123/2014

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de CUENCA

Domicilio: CALLE PALAFOX S/N

Telf: 969224118

Fax: 969228975

Modelo: SE0200

N.I.G.: 16078 41 2 2010 0016607

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000094 /2014

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de CUENCA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000411 /2012

RECURRENTE: Magdalena

Procurador/a: MARTA GONZALEZ ALVARO

Letrado/a: JESUS SAIZ HERRAIZ

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

AUDIENCIA PROVINCIAL

CUENCA

Apelación Penal Rollo nº 94/2014

Procedimiento Abreviado nº 411/2012

Juzgado de lo Penal nº 2 de Cuenca .

SENTENCIA NUM. 123/2014

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. Eduardo Martínez Mediavilla

Magistrados:

D. José María Escribano Laclériga Doña María Victoria Orea Albares

En la ciudad de Cuenca, a 25 de noviembre de 2.014

Vistos en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, los autos de Procedimiento Abreviado nº 411/2012 procedentes del Juzgado de lo Penal nº 2 de Cuenca seguidos por presunto Delito de APROPIACIÓN INDEBIDA, contra DOÑA Magdalena, de nacionalidad española, en libertad provisional por esta causa, con D. N. I. : NUM000 representado por la Procuradora DOÑA MARTA GONZALEZ ALVARO y asistidos por el Letrado D. JESÚS SAIZ HERRAIZ con la intervención del MINISTERIO FISCAL, como parte acusadora en ejercicio de la acción publica, todo ello como consecuencia del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de DOÑA Magdalena, representada por la Procuradora DOÑA MARTA GONZALEZ ALVARO y asistido por el Letrado D. JESÚS SAIZ HERRAIZ contra la sentencia dictada en la instancia de fecha 16 de MAYO de 2.014, habiendo sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José María Escribano Laclériga, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Cuenca se dictó, en el procedimiento referenciado, sentencia nº 155/14 de 16 de MAYO de 2.014 en la que, como Hechos Probados, se declara: "Queda probado y así se declara expresamente que la acusada Magdalena,mayor de edad, con D. N. I . nº NUM000

, y sin antecedentes penales, el 11 de agosto de 2.010, sobre las 14,30 horas en el establecimiento MERCAORIENTE,sito en CUENCA,con ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento, se apoderó de una riñonera perteneciente Fermín, que había depositado la mujer de éste en un lugar de dicho comercio abandonando el establecimiento .La riñonera tenía en su interior una cartera de piel marrón,el D. N. I. de su propietario, dos tarjetas de la seguridad social, tres cupones, un carnet de manipulador, una licencia de pesca, dos tarjetas de datos, un teléfono, marca ALCATEL y otro SAMSUNG,200 euros, dos juegos de llaves, unos pendientes plateados una tarjeta de crédito de la CCM, y unos dos euros en monedas . La acusada entregó el día 1 de septiembre de 2.010 a la Policía Nacional, tras haber sido detenida por estos hechos,en fecha 31 de agosto, los dos teléfonos móviles, la cartera con dos billetes de cinco euros y 0,28 céntimos en monedas, dos mecheros, la navaja y dos llaveros que fueron devueltos a su propietaria . Los efectos no recuperados y perjuicios causados por su no recuperación han sido tasados en la cantidad de 129,85 euros y el dinero no recuperado asciende a 191,72 euros .

SEGUNDO

El Fallo de la resolución reseñada es del siguiente tenor:

Que debo CONDENAR Y CONDENO a Magdalena, como autor criminalmente responsable de un delito de apropiación indebida, previsto y penado en el Art. 253 del C. P ., sin concurrir circunstancia alguna modificativa de la responsabilidad criminal,a la pena de TRES MESES DE MULTA, CON UNA CUOTA DIARIA DE SEIS EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el Art.53 del C. P . así como a indemnizar a Fermín en concepto de responsabilidad civil en la cantidad de 321,57 euros y al pago de las costas procesales ..

TERCERO

Notificada la anterior resolución a las partes, DOÑA MARTA GONZÁLEZ ALVARO, Procuradora de los Tribunales y de DOÑA Magdalena, interpuso recurso de apelación por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimo pertinentes, terminaba en suplica, de que "... se dicte resolución por la que revocando la dictada por el Juzgado de los Penal nº 2 de Cuenca, se dicte otra en la que se ABSUELVA a Magdalena o subsidiariamente se le condene como autora criminalmente responsable de una falta del Art. 623-4º del C. P . y se fije la cuantía a indemnizar en 129,85 euros .

CUARTO

Admitido a trámite el recurso de apelación, por el Ministerio Fiscal se impugno el Recurso de apelación formulada, interesando la integra confirmación de la sentencia recurrida, por encontrarla ajustada a derecho.

QUINTO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial, se procedió a la formación del correspondiente Rollo, asignándosele el número del margen, se designó Ponente que recayó en la Magistrado Ilmo. Sr. D. José María Escribano Laclériga y, señalándose para que tuviera lugar la correspondiente deliberación, votación y fallo el 25 de noviembre de 2.014.

HECHOS PROBADOS

Se...

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