SAP Madrid 460/2014, 12 de Noviembre de 2014

PonenteMARIA CRISTINA DOMENECH GARRET
ECLIES:APM:2014:16841
Número de Recurso172/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución460/2014
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Novena

C/ Ferraz, 41 - 28008

Tfno.: 914933935

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2014/0009851

Recurso de Apelación 172/2014 AT

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 45 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 1969/2010

APELANTE: ZURICH INSURANCE PLC SUCURSAL EN ESPAÑA

PROCURADOR D./Dña. MARIA ESTHER CENTOIRA PARRONDO

SIGLA SA

PROCURADOR D./Dña. MANUEL LANCHARES PERLADO

APELADO-IMPUGNANTE: MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA

PROCURADOR D./Dña. JESUS IGLESIAS PEREZ

APELADO: ISS SOLUCIONES DE MANTENIMIENTO Y GESTION INTEGRAL, SL

PROCURADOR D./Dña. GUZMAN DE LA VILLA DE LA SERNA

EP SERVICIOS INTEGRALES DE GESTION SA y EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA SL

PROCURADOR D./Dña. ANDREA DE DORREMOCHEA GUIOT

SENTENCIA NÚMERO:

RECURSO DE APELACIÓN Nº 172/2014

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS

D. JOSÉ MARÍA PEREDA LAREDO

Dª. CRISTINA DOMENECH GARRET

En Madrid, a doce de noviembre de dos mil catorce

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Ordinario nº 1969/2010, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 45 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo de apelación nº 172/2014, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelada EPTISA SERVICIOS DE INGENIERÍA, S.L. y EP, SERVICIOS INTEGRALES DE GESTIÓN, S.A., representadas por el Procurador D. Andrea Dorremochea Guiot; de otra, como demandada y hoy apelante GRUPO SIGLA, S.A., representada por el Procurador D. Manuel Lanchares Perlado; y de otra como demandada y hoy apelada ISS SOLUCIONES DE MANTENIMIENTO Y GESTIÓN INTEGRAL, representada por el Procurador D. Guzmán de la Villa de la Serna; sobre responsabilidad extracontractual.

A los anteriores autos se han acumulado los de Juicio Ordinario nº 356/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Madrid, seguidos entre: como demandante y hoy apelado-impugnante MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS, S.A., representada por el Procurador D. Jesús Iglesias Pérez; de otra como demandada y hoy apelante GRUO SIGLA, S.A ., representada por el Procurador D. Manuel Lanchares Perlado; de otra como demandada y hoy también apelante ZURICH INSURANCE PLC SUCURSAL EN ESPAÑA, representada por la Procuradora Dª. María Esther Centoira Parrondo; y de otra como demandada y hoy también apelada ISS SOLUCIONES DE MANTENIMIENTO Y GESTIÓN INTEGRAL, representada por el Procurador D. Guzmán de la Villa de la Serna; sobre reclamación de cantidad.

SIENDO MAGISTRADA PONENTE LA ILMA. SRA. Dª. CRISTINA DOMENECH GARRET

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 45 de Madrid, en fecha cinco de noviembre de dos mil trece, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Fallo : Estimando la demanda deducida por el Procurador de los Tribunales D. José Manuel de Dorremochea Aramburu en nombre y representación de Eptisa Servicios de Ingenieria, S.L. y EP Servicios Integrales de Gestión, S.A. contra Grupo Sigla, S.A. e ISS Soluciones de Mantenimiento y Gestión Integral, S.L. les condeno a abonarles, respectivamente, veinticinco mil ciento cincuenta y cuatro euros con cuarenta y nueve céntimos

(25.154,49 euros ), y dieciocho mil cuatrocientos ocho euros con sesenta céntimos (18.408,60 euros), sus intereses legales y las costas causadas..- Estimando parcialmente la demanda planteada por Mapfre Empresas Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. contra Grupo Sigla, S.A. y Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. les condeno a abonar a la actora siete mil doscientos ochenta y cuatro euros con sesenta y tres céntimos (7.284,63 euros ) y sus intereses legales sin hacer expresa condena de las costas generadas .- Desestimando la demanda deducida por esta última contra ISS Soluciones de Mantenimiento y Gestión Integral, S.A. le absuelvo de sus pretensiones imponiendo al Grupo Sigla, S.A. y a Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. las costas que se le han causado .".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia por la representación procesal de la parte demandada Grupo Sigla, S.A., previos los trámites legales oportunos, se interpuso recurso de apelación, el cual le fue admitido, y, dándose traslado del mismo a las contrapartes, con el resultado que obra en autos, elevándose posteriormente las actuaciones a esta superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo, que tuvo lugar el día veintidós de octubre del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Sentencia recurrida y se dan por reproducidos

Primero

Las mercantiles Eptisa Servicios de Ingeniería, S.L., y EP Servicios Integrales de Gestión, S.A., formularon demanda contra las también mercantiles Grupo Sigla, S.A., e ISS Soluciones de Mantenimiento y Gestión Integral, S.L., que fue turnada al Juzgado de Primera Instancia nº 45 de Madrid, en la que ejercitaba acción de responsabilidad civil extracontractual reclamando la primera de las actoras indicadas la cantidad de 4.658,25 # en por los daños causados en la centralita de su propiedad, más la cantidad de 20.469,24 # a que ascienden los perjuicios derivados de la paralización de su actividad; y la segunda la cantidad de 18.408,60 # por paralización de su actividad. En esencia alegaban que la demandada Grupo Sigla, S.A., gestiona el establecimiento VIPS sito en la planta baja del edificio sito en la planta baja del edificio sito en la Glorieta de Quevedo nº 9 de Madrid, en cuyo edificio radican las respectivas oficinas de las demandantes; y por su parte, la codemandada ISS tenía contratado el mantenimiento de dicho restaurante. El día 24 de marzo de 2009, según relato de la demanda, se produjo un atasco en la cocina de dicho restaurante y avisada la empresa de mantenimiento demandada, al realizar ésta trabajos de desatranco, rompió la tubería y el agua cayó al sótano en que se encuentra el cuadro de protección eléctrica del edificio, provocando un cortocircuito que dejó sin electricidad a todo el edificio. El cuadro de electricidad no se pudo reparar hasta 18 horas después en cuyo intervalo las demandantes no pudieron trabajar. Además la centralita de comunicación de Eptisa resultó dañada.

Por su parte la compañía Mapfre Empresas Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., aseguradora de la propietaria del edificio mencionado, Montepío Loreto Mutualidad de Previsión Social, formuló demanda asimismo demanda contra Grupo Sigla, S.A., y su aseguradora Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., siendo repartida al Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Madrid. Acumulado éste proceso al anterior y una vez estimada la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario, la aseguradora actora formuló asimismo demanda contra ISS Soluciones de Mantenimiento y Gestión Integral, S.L., ejercitando frente a todas las demandadas en vía subrogatoria acción de responsabilidad extracontractual en reclamación de

7.693,07 # pagadas a su asegurada como consecuencia de los daños sufridos por ésta el mismo día 24 de marzo de 2009 a causa del incendio provocado por el cortocircuito del cuadro eléctrico del edificio, originado por la caída de agua sobre los contadores, procedente del local contiguo ocupado por el restaurante VIPS. Según dicha demanda, los empleados del restaurante al intentar desatascar el sumidero situado en la cocina, introdujeron una barra o palo que ocasionó la rotura del codo de la tubería, lo que ocasionó la fuga de agua que cayó sobre el muro de separación entre el establecimiento y el cuadro de contadores, que acabó filtrándose hasta llegar a los contadores y provocando un cortocircuito e incendio, cuyos daños ascendías a la cantidad de 7.494,03 #.

Acumuladas ambas demandas, la sentencia de instancia estima la demanda inicial formulada por Eptisa Servicios de Ingeniería, S.L., y EP Servicios Integrales de Gestión, S.A., y condena a las demandadas a pagar las sumas reclamadas, más intereses legales y las costas causadas. Asimismo estima parcialmente la demanda planteada por Mapfre y condena a las demandadas Grupo Sigla, S.A., y Zurich a pagar a la actora 7.284,63 # y sus intereses legales, sin hacer expresa condena de las costas generadas. Por último desestima la demanda formulada por Mapfre contra ISS Soluciones de Mantenimiento y Gestión Integral, S.L., por estimar prescrita la acción. Esencialmente considera acreditado que la avería se produjo en un elemento privativo del inmueble del Grupo Sigla y aprecia que no ha quedado acreditado que los daños fueran exclusivamente imputables a la empresa de mantenimiento demandada, o sólo achacables a la propietaria del restaurante VIPS, Grupo Sigla, por el atranco producido en el sumidero por la actuación de sus empleados. En atención a doctrina jurisprudencial razona que acreditado el daño y demostrado su origen: derrame de agua procedente de elemento privativo del inmueble explotado por Grupo Sigla, cuyo mantenimiento corresponde a ISS Soluciones de Mantenimiento y Gestión Integral, son responsables del evento dañoso frente a los perjudicados ambas codemandadas, sin perjuicio de que las mismas puedan discutir entre ellas las posibles causas en proceso distinto. Con respecto de...

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