SAP A Coruña 668/2014, 17 de Diciembre de 2014

PonenteMARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO
ECLIES:APC:2014:2813
Número de Recurso60/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución668/2014
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00668/2014

RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Teléfono: 981 18 20 74/75/36

N85850

N.I.G.: 15009 41 2 2013 0007070

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000060 /2014 T

Juzgado de Instrucción nº 4 de BETANZOS

PA Nº 20/2014

Delito/falta: TRÁFICO DE DROGAS CUALIFICADO

Denunciante/querellante:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

MINISTERIO FISCAL

Contra: Leonardo

Procurador/a: D/Dª ROBERTO ABA VEIGA

Abogado/a: D/Dª MARIA JOSE CALVIÑO CASTRILLON

ILMO SR PRESIDENTE

DON LUIS BARRIENTOS MONGE

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON SALVADOR P. SANZ CREGO

DOÑA Mª DOLORES FERNANDEZ GALIÑO

En A Coruña, a diecisiete de diciembre de dos mil catorce.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, integrada por los Magistrados/as reseñados/as al margen, ha pronunciado

En nombre de S.M. el Rey

La siguiente

SENTENCIA Visto por esta Sección en juicio oral y público la presente causa Nº 60/2014, instruido por el Juzgado de Instrucción Nº 4, de Betanzos (PA nº 20/2014), por un delito contra la salud pública, contra Leonardo, con D.N.I. Nº NUM000, nacido el NUM001 -1974, en A Coruña, hijo de Jose Ángel y de Caridad, vecino de A Coruña, con antecedentes penales, representado en esta causa por el Procurador Sr. Aba Veiga y defendido por la letrada Sra Calviño Castrillon; así como el Ministerio Fiscal en representación de la acción Pública.

Siendo Ponente en esta causa la ILTMA. SRA. DOÑA Mª DOLORES FERNANDEZ GALIÑO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La causa de referencia se incoó por Auto de fecha 29-07-2013, dictado por el Juzgado de Instrucción Nº 4 de Betanzos, por Auto de fecha 09-04-2013, se acordó por dicho órgano continuar con el trámite de las actuaciones por las del Procedimiento Abreviado, elevando lo actuado a esta Sala; habiéndose seguido su tramitación de conformidad con las Leyes procesales, señalándose fecha para la celebración del Juicio Oral el pasado día 17/12/2014, en que se celebró con la asistencia de las partes y del acusado, habiéndose practicado en el mismo las pruebas propuestas, con el resultado que figura en el acta que al efecto se extendió y la grabación que consta unida a las actuaciones.

SEGUNDO

Por el Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de de un delito contra la salud pública del artículo 368, 369 1.7 Código Penal, en relación con sustancias que causan grave daño la salud, con la agravante de reincidencia y solicita la imposición de la pena de siete años seis meses y un día de prisión y multa de 6.500 euros.

TERCERO

La defensa del acusado, al elevar a definitivas sus conclusiones provisionales, solicitó su libre absolución.

QUINTO

En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

El acusado Leonardo, español, nacido el NUM001 de 1974, con D.N.I. NUM000, reincidente, en tanto condenado por un delito de tráfico de drogas en virtud de sentencia firme de fecha 18 de julio de 2012, por el Juzgado Penal 5 de A Coruña a la pena de seis meses de prisión, sobre las 19 horas del día 2 de julio de 2013, tras realizar una comunicación familiar en el centro penitenciario de Teixeiro, término municipal de Curtis, en el que el acusado se encontraba interno, fue sorprendido, al serle practicado un cacheo integral, en posesión de varias bolsitas de heroína que el acusado portaba en su ropa interior: siete bolsitas termo selladas con un peso neto de 5 g y 82 mg (5,082 g), así como seis bolsitas termo selladas con un contenido de 4 g y 622 mg (4,622 g) y otras ocho bolsitas termo selladas de la misma sustancia de 3 g y 158 mg (3,158 g) con una pureza que entre el 28,75% y el 36,87%. Igualmente, Leonardo, ocultaba entre sus ropas 50 unidades de Alprazolan de 2 mg, con un peso neto de 12 g y 961 mg (12,961 g) y 20 de Alprazolan con un peso neto de 6 g y 932 mg (6,932 g), así como 11 porciones ovoideas de resina de cannabis con un peso neto de 84 g y 500 mg (84,5 g) y una riqueza del 44,11% que el acusado portaba ocultas en el interior de su cuerpo. El acusado tenía en su poder dichas sustancias con la finalidad de difundirlas a terceros.

Las sustancias que le fueron aprehendidas habrían alcanzado en el mercado ilícito un valor conjunto de 1632,42 euros (1632,42 #).

El cacheo con...

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