SAP Santa Cruz de Tenerife 1143/2004, 30 de Septiembre de 2004

PonenteJUAN CARLOS TORO ALCAIDE
ECLIES:APTF:2004:1967
Número de Recurso58/2003
Número de Resolución1143/2004
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SENTENCIA nº 1143

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. Rubén Cabrera Gárate

MAGISTRADOS

D. Juan Carlos Toro Alcaide (ponente)

D. José Luis González González

En la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a día 30 de septiembre de 2004. Vista, en nombre de

S.M. el Rey y en juicio oral y público ante esta Audiencia Provincial, la Causa nº 150/02, procedente del Juzgado de Instrucción nº 1 de Santa Cruz de Tenerife , Rollo nº 58-03 de esta sala , por el delito de lesiones y obstrucción a la justicia, contra Constanza de 39 años de edad, de estado civil casada y de profesión ama de casa, natural y vecina de Santa Cruz de Tenerife, sin antecedentes penales, de desconocida solvencia y en libertad provisional por esta causa. Representada por D. Joaquín Cañibano Martín procurador de los tribunales y defendido por la Letrada Dñª Sonia Castro Martín, en cuya causa es parte acusadora el Ministerio Fiscal, siendo acusador particular D, Jose Manuel , representado por la procuradora Dñª. Montserrat Padrón Garcia y defendido por letrado D. José Picar García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción mencionado en el encabezamiento incoó Diligencias Previas y acordó proseguir las actuaciones por los cauces del Procedimiento Abreviado formulándose escrito de acusación tanto por la acusación particular como por el Ministerio Fiscal evacuando igualmente calificación provisional la y defensa, procediéndose seguidamente a la apertura del juicio oral y designándose competente para conocer a la Audiencia Provincial, habiéndose emplazado al acusado y conferido traslado a la defensa para evacuar el trámite que le es propio, tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Sección.

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en este Tribunal se resolvió respecto a las pruebas propuestas por las partes y se señaló día para el comienzo de las sesiones del juicio oral que tuvo lugar en sesiones de los días 6 y 30 de septiembre, con asistencia del representante del Ministerio Fiscal, Acusación Particular, Acusado y su Abogado Defensor.

TERCERO

El Ministerio Fiscal calificó definitivamente los hechos como constitutivos de un delito de lesiones del artículo 150 del Código Penal y otro de obstrucción a la justicia del Art. 464.2 del Código Penal . sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y, reputando autor del mismo al acusado, solicitó fuese condenado a las penas de (3) tres años por el primero y multa de (6)seis meses con cuata diaria de 6 euros por la segunda, y al pago de las costas, interesando igualmente que sea condenado a indemnizar al perjudicado D. Jose Manuel en la cantidad de 46 Euros por día de lesión , asi como los gastos medico- farmacéuticos que acredite en ejecución de sentencia.

CUARTO

El letrado de la Acusación Particular calificó definitivamente los hechos como constitutivos de un delito de lesiones del artículo 150 del Código Penal y otro de obstrucción a la justicia del Art. 464.2 del Código Penal . sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y, reputando autor del mismo al acusado, solicitó fuese condenado a las penas de (4) cuatro años por el primero y (2) dos años de prisión multa de (6) seis meses con cuata diaria de 6 euros por la segunda, al pago de las costas procesales incluidas las de la acusación particular, interesando igualmente que sea condenado a...

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