SAP Santa Cruz de Tenerife 400/2004, 16 de Abril de 2004

PonenteJUAN CARLOS TORO ALCAIDE
ECLIES:APTF:2004:716
Número de Recurso105/2004
Número de Resolución400/2004
Fecha de Resolución16 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 400

En Santa Cruz de Tenerife , a 16 de abril de 2004 .

Visto en grado de Apelación, en nombre de S.M. el Rey, por el Iltmo. Sr. D./Dña. JUAN CARLOS TORO ALCAIDE Magistrado de la Audiencia Provincial de Santa Curz de de la Audiencia Provincial Sección Segunda , el JUICIO DE FALTAS nº 0000880/2003 ; y habiendo sido partes, de la una y como apelante

D./Dña. Luis Manuel y de la otra y como apelado D./Dña. Francisco , ejercitando la acción pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el JDO. INSTRUCCION N. 4 de SANTA CRUZ DE TENERIFE , resolviendo en el referido JUICIO DE FALTAS , con fecha 15 de septiembre de 2003 , dicta sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

" Que debo condenar y condeno a Luis Manuel como autor penalmente responsable de una falta de amenazas y otra de daños, a las penas respectivas de multa de 10 a 20 días, con cuota diaria de 3 euros, en un total de 90 euros, con arresto personal sustitutorio en prisión, en caso de impago, y a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice a D. Francisco en la cantidad de 31'52 euros, y le condeno al pago de las costas que resultasen preceptivas. ".

SEGUNDO

Que la referida resolución declara como probados los siguientes hechos:

"PRIMERO.- Sobre las 20:30 horas del día 8 de junio de 2002 en una reunión de la Comunidad de propietarios de la calle NUM000 de Santa Clara, se produjo un enfrentamiento verbal entre D. Francisco y

D. Luis Manuel . En el contexto del mismo este le dijo a aquél "te la estas buscando y la vas a encontrar y te vas a buscar una desgracia.

SEGUNDO

El día 9 de junio de 2002, cuando D. Francisco se dirije a coger el vehículo de su propiedad matrícula JH-....-UB , observó que una de las ruedas delanteras estaba rajada, al igual que una de las traseras.

".

TERCERO

Que impugnada la sentencia, con emplazamiento de las partes se remitieron a este Tribunal las actuaciones formándose el correspondiente rollo y señalándose la vista de apelación que tuvo lugar el 16 de abril de 2004 .

Se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se pretende por la recurrente la anulación del la sentencia recurrida, al entender que concurrencia de error en la valoración de la prueba(795.2 LECRIM) debiéndose haber estimado la inexistencia de los hechos que se le imputan,...

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