ATS, 28 de Enero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso1666/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Enero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Enero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de D. Demetrio se ha interpuesto recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, en fecha 30 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 634/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2301/2009, del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Estepona.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 5 de junio de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado a las partes con fecha 11 de junio de 2014 y al Ministerio Fiscal con fecha 17 de junio de 2014.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la procuradora Dª Estrella Moyano Cabrera, en nombre y representación de D. Demetrio , presentó escrito ante esta Sala con fecha 2 de julio de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª Rosa Martínez Serrano, en nombre y representación de la MUY VENERABLE HERMANDAD DE SAN ISIDRO LABRADOR, presentó escrito ante esta Sala con fecha 17 de julio de 2014 personándose en calidad de parte recurrida. Es interviniente el Ministerio Fiscal.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal formalizado por la representación procesal de D. Demetrio al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 474 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal formalizado y de sus documentos adjuntos a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de D. Demetrio contra la sentencia dictada, en fecha 30 de diciembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 634/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2301/2009, del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Estepona.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal formalizado y de sus documentos adjuntos a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR