ATS, 28 de Enero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso2247/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Enero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Enero de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª Leocadia interpuso recurso de casación contra la sentencia de 21 de junio de 2013, dictada en apelación, rollo n.º 524/2012, por la Sección 14ª de la Audiencia Provincial de Barcelona , dimanante del juicio ordinario nº 689/2010, del Juzgado de Primera Instancia n.º 38 de Barcelona.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 15 de octubre de 2013, la referida Audiencia Provincial tuvo por interpuestos los citados recursos y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, habiéndose notificado dicha resolución a las mismas a través de sus respectivos procuradores.

  3. - Mediante escrito de 17 de octubre de 2013, la procuradora D.ª Silvia Barreiro Teijeiro se personó en esta Sala en nombre y representación de la parte recurrente D.ª Leocadia . Asimismo, mediante escrito de 18 de noviembre de 2013, la procuradora D.ª María Granizo Palomeque, se personó en nombre y representación de la parte recurrida, "Zurich Insurance PLC.". Y la procuradora D.ª Andrea de Dorremochea Guiot por medio de escrito de 11 de octubre de 2013, se personó ante esta Sala en nombre y representación de D. Victorio .

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de Dª Leocadia , al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2 , LEC y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en los arts. 479.1 y 4 y 481 de la misma Ley procesal , no advirtiéndose, en este momento procesal, causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , procede entregar copia del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de Dª Leocadia contra la Sentencia dictada el 21 de junio de 2013 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 14ª) en el rollo de apelación nº 524/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 689/2010 del Juzgado de Primera instancia nº 38 de Barcelona.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación interpuesto, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría .

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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