STSJ Extremadura 12/2015, 20 de Enero de 2015

PonenteRAIMUNDO PRADO BERNABEU
ECLIES:TSJEXT:2015:24
Número de Recurso685/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución12/2015
Fecha de Resolución20 de Enero de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00012/2015

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 12

PRESIDENTE :

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS.

MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO

DON JOSE MARÍA SEGURA GRAU /

En Cáceres a veinte de enero de dos mil quince.-Visto el recurso contencioso administrativo nº 685 de 2013, promovido por la Procuradora Sra. Cardona Olivares, en nombre y representación de SOLOSOL SAN ROQUE, S.L., siendo demandada LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL representado por el Letrado del Gabinete Jurídico de la Tesorería General de la Seguridad Social; recurso que versa sobre: contra resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 11 de septiembre de 2013 al ser la misma contraria a derecho.

C U A N T I A: 1.211.387,35 #.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO : Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO : Recibido el recurso a prueba se admitieron y practicaron todas las declaradas pertinentes por la Sala, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO : En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales;

Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Don RAIMUNDO PRADO BERNABEU.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de Recurso, la Resolución dictada por la Directora Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social de fecha 11 de septiembre de 2013 y relativa a impugnación de embargo preventivo sobre determinados bienes.

SEGUNDO

Damos por acreditados los hechos objetivos que dimanan del expediente y que en realidad no son objeto de discrepancia y así fechas de las resoluciones recaídas, contenido extrínseco de las mismas, Organismos que las dictan, contenido extrínseco de los informes aportados, notas registrales, etc.

Como determina la propia Letrado de la Seguridad Social, la Resolución que es objeto de Recurso es la de 11 de septiembre de 2013. Dicha Resolución, resolutoria de alzada se pronuncia y resuelve acerca de la medida cautelar consistente en el embargo preventivo decretado en diligencia de 2 de julio de 2013, sobre bienes pertenecientes a la Recurrente en la provincia de Cádiz y todo ello a su vez causado por la declaración de derivación de responsabilidad solidaria por deudas a la Tesorería. Es importante exponer y así se deduce de las propias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 2767/2016, 22 de Diciembre de 2016
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 22 d4 Dezembro d4 2016
    ...por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en recurso contencioso-administrativo nº 685/2013 , sobre seguridad social. Se ha personado, como parte recurrida, la Letrada de la Administración de la Seguridad Social, en nombre y representació......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR