STSJ Comunidad Valenciana 761/2014, 1 de Octubre de 2014

PonenteANTONIO LOPEZ TOMAS
ECLIES:TSJCV:2014:7326
Número de Recurso799/2011
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución761/2014
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NÚMERO 799/11

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION QUINTA

S E N T E N C I A NUM. 761-14

En la ciudad de Valencia, a uno de octubre de dos mil catorce

Visto por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don José Bellmont Mora, Presidente, doña Rosario Vidal Más, don Fernando Nieto Martín, doña Begoña García Meléndez y D. Antonio López Tomás, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo número 799/11, interpuesto por la Procuradora Dª Paula García Vives, en nombre y representación de la SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 6262, denominada LA MURTA, asistida por la Letrada Dª M. Carmen Pascual Hidalgo contra la Resolución presunta del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 1 de septiembre de 2010 de la Confederación Hidrográfica del Júcar, por la que se declara caducada la concesión de aguas subterráneas otorgada a la S.A.T. LA MURTA en el expediente 1989CP0137, si bien luego se resuelve expresamente el recurso mediante Resolución de 27 de octubre de 2011, desestimando el mismo, habiendo sido parte la administración demandada, representado por el Abogado del Estado, siendo Ponente el Magistrado D. Antonio López Tomás y a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, declarando la caducidad del procedimiento y, subsidiariamente, que se anulen las resoluciones recurridas, declarando el derecho del recurrente a que continúe en vigor la concesión. Con expresa imposición de costas a la administración demandada.

SEGUNDO

El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 64 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 30 de septiembre de 2014

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTACION JURIDICA

PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar, de 27 de octubre de 2011 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de fecha 1 de septiembre de 2010, por la que se declara caducada la concesión de aguas subterráneas otorgada a la S.A.T. LA MURTA en el expediente 1989CP0137

SEGUNDO

Alega la parte actora, como motivos de impugnación, la caducidad del procedimiento 2007EC0013, pues desde la fecha de inicio, hasta la Resolución, han transcurrido 38 meses y varios días, superando con creces el plazo de caducidad fijado en 18 meses por la Disposición Adicional 6ª de la ley de Aguas . En segundo lugar, alega la anulabilidad de las Resoluciones recurridas por vicios formales en el procedimiento. Así, se indica...

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