STSJ Comunidad Valenciana 737/2014, 23 de Septiembre de 2014

PonenteBEGOÑA GARCIA MELENDEZ
ECLIES:TSJCV:2014:7295
Número de Recurso719/2011
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución737/2014
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso ordinario nº 719/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 5ª

SENTENCIA Nº 737-14

Iltmos. Sres:

Presidente

D. JOSÉ BELLMONT MORA

Magistrados

Dª ROSARIO VIDAL MAS

D. FERNANDO NIETO MARTIN

Dª BEGOÑA GARCÍA MELÉNDEZ

D ANTONIO LÓPEZ TOMÁS

En Valencia a veintitrés de septiembre de dos mil catorce.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 719/11, interpuesto por el Procurador D. ONOFRE MARMANEU LAGUÍA, en nombre y representación de LOGISTICA Y ACONDICIONAMIENTOS INDUSTRIALES SAU contra la Resolución publicada en el BOP de 9 de mayo de 2011 dictada por la Oficina de Patentes y Marcas desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 3 de noviembre de 2011 por la que se deniega la Patente núm. 2.00802426 "Método para la limpieza de espejos con sección parabólica de una planta termo solar y aparato para la ejecución del método" .-Ha sido Ponente la Magistrada Doña BEGOÑA GARCÍA MELÉNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el Recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó a la parte demandante al objeto de que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó en tiempo y forma, solicitando se dicte Sentencia por la que se declare Nulo y contraria a derecho la Resolución impugnada, se acuerde tener por presentada y como válida la memoria y juego de reivindicaciones de fecha 3 de noviembre de 2010 obrantes en el expediente administrativo como documento nº 12 y revocando y anulando, por no ajustarse a derecho la resolución recurrida concediendo la patente española nº P 2008 02426.- SEGUNDO.- Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que se solicitó la íntegra desestimación del recurso y la confirmación íntegra de las resoluciones objeto del mismo, por estimarlas ajustadas a derecho. TERCERO.- Que a continuación se acordó el recibimiento del pleito a prueba, y tras el trámite de conclusiones, quedaron los autos pendientes de deliberación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente Recurso el día dieciséis de septiembre del presente año.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente lo constituye la Resolución publicada en el BOP de 9 de mayo de 2011 dictada por la Oficina de Patentes y Marcas desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 3 de noviembre de 2011 por la que se deniega la Patente núm. 2.00802426 "Método para la limpieza de espejos con sección parabólica de una planta termo solar y aparato para la ejecución del método".-

SEGUNDO

L a parte recurrente sustenta su recurso contencioso administrativo en los siguientes motivos de impugnación:

I) Irregularidades administrativas al faltar documentos esenciales en el expediente administrativo siendo la cronología de los hechos la siguiente :

En fecha 8/8/2008 se solicita PATENTE nº 200802426 mediante Programa de concesión acelerada de patentes para: Método para la limpieza de espejos con sección parabólica de una planta termosolar y aparato para la ejecución del método. Solicitándose que la solicitud sea tramitada por el Programa de concesión acelerada de patentes e interesándose, en la misma fecha, informe sobre el estado de la técnica ., de conformidad con el art. 33 de la ley 11/1986 .

En el informe sobre el estado de la técnica de fecha 17 de marzo de 2009, publicado el 1 de abril de 2009, documento nº 5 del expediente se ofrecen dos opciones para continuar con el procedimiento de solicitud de la patente:

  1. La realización de un examen previo de la solicitud de patente, suficiencia de la descripción, novedad y actividad inventiva.-b) Solicitar la reanudación del procedimiento general de concesión.- En fecha 27/5/2009 se solicita examen previo con modificación de reivindicaciones, documento 7 del expediente .

El 15 de junio de 2006 se publica la reanudación del procedimiento, sin oposiciones de tercero pero con objeciones por parte de la oficina.

El 28 de junio de 2010 se dicta Resolución indicando que subsiste la falta de algún requisito que impide la concesión de la patente al no implicar actividad inventiva por resultar, del estado de la técnica, de una manera evidente para un experto en la materia.

.En concreto:

MÉTODO DE LIMPIEZA : se trata de realizar una limpieza de espejos de sección parabólica utilizando un cepillo giratorio de generatriz curva . Y afirma la examinadora que dicho método implica la retracción ante obstáculos de los medios de proyección de agua y de cepillado así como el desplazamiento del equipo a lo largo de la curva que realiza el espejo

APARATO : Se caracteriza por tener un dispositivo cepillador que adopta el perfil de la superficie del espejo y es giratorio. -Concluye por tanto afirmando que la invención, para la dificultad que entraña limpiar la parte entrante de un espejo cóncavo, ni es obvia, ni carece de actividad inventiva, ni se conocía una solución técnica para este problema técnico y se considera que el examen realizado ha resultado inexacto, parcial y falto de objetividad.

6. Patente que es denegada el 1 de octubre de 2010 . Resolución confirmada en alzada y contra la que se interpone el presente recurso.

Con las nuevas reivindicaciones que se aportan se establece : Aparato de limpieza, ya no es un método de limpieza pues se eliminan las reivindicaciones relativas al método, y dicho aparato lo es para la limpieza de espejos con sección parabólica de una planta termosolar formada en una o más hileras que comprende:

Al menos de un dispositivo cepillador y frente a las anteriores tecnología que se describía como un cepillo de generatriz RECTA en este patente se introduce un cepillo de generatriz CURVA que se adapta al interior de la superficie CONCAVA, siendo el mismo giratorio y permaneciendo durante todo el rato en contacto con el espejo.-Al menos de un dispositivo disparador de agua con una boquillas de proyección que toma agua de un tanque de agua limpia incorporado a dicho aparato o desde una toma exterior, el dispositivo de proyección de agua, provisto de boquillas de proyección adopta una forma parecida a la curva de la sección del espejo.

Una bandeja recogedora del agua residual

Un núcleo con perfil semejante al espejo a limpiar

Una envoltura flexible con cerdas que adopta la forma de dicho núcleo.

La diferencia con la anterior patente es por tanto que se propone la utilización de un cepillo de forma curva y dicho dispositivo cepillador adopta el perfil interior de la superficie cóncava del espejo a limpiar, siendo el mismo giratorio y comprendiendo dicho dispositivo un perfil semejante del del espejo a limpiar, con envoltura flexible y provisto de cerdas. Y a ello se une: un dispositivo de proyección de agua y una bandeja recogedora.

Las novedades que se proponen en esta patente, prosigue el recurrente, son las siguientes :

Frente a la anterior tecnología se propone la utilización de un cepillo de generatriz CURVA,el Dispositivo cepillador adopta el perfil interior de la superficie cóncava del espejo a limpiar, siendo el mismo giratorio, y dicho dispositivo comprende un cepillo compuesto por un núcleo con perfil semejante al del espejo a limpiar y envoltura flexible,...

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