STSJ Galicia 818/2014, 23 de Octubre de 2014
Ponente | CRISTINA MARIA PAZ EIROA |
ECLI | ES:TSJGAL:2014:8639 |
Número de Recurso | 4357/2014 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 818/2014 |
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00818/2014
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN 2ª
RECURSO DE APELACIÓN NÚMERO 0004357/2014
EN NOMBRE DEL REY
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA
ILMOS. SRS.
Don José Antonio Méndez Barrera
Doña Cristina María Paz Eiroa
Doña María Azucena Recio González
En la ciudad de A Coruña, a veintitrés de octubre de dos mil catorce .
Vistos los autos de recurso de apelación seguidos ante esta Sala con el número 0004357/2014, interpuesto por don Alexander contra el auto de fecha 16 de mayo de 2014 dictado por el del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de A Coruña en la pieza de medidas cautelarísimas número 212/2013; siendo parte apelada el Ayuntamiento de A Coruña y la Junta de Compensación del Polígono F5.01 Escuela de Náutica.
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de A Coruña dictó auto de fecha 16 de mayo de 2014 en la pieza de medidas cautelarísimas número 212/2013 por el que se acordó "no apreciar la especial urgencia para suspender la ejecución de la orden de desalojo y demás actuaciones ordenadas en la resolución de la alcaldía del Ayuntamiento de A Coruña el 26.02.13, confirmada por la de 01.07.13 que interesa la representante procesal de don Alexander . No hago condena en costas" .
Don Alexander interpuso recurso de apelación ante el Juzgado mediante escrito razonado conteniendo las alegaciones en que se fundamentaba el recurso y suplicando que se "dicte resolución revocando el auto impugnado y declare la concurrencia de las circunstancias de especial urgencia para la adopción de la medida cautelar de suspensión solicitada" .
El Juzgado dictó resolución admitiendo el recurso y dio traslado del mismo a las demás partes; habiéndose presentado escrito de oposición al recurso de apelación por el Ayuntamiento de A Coruña, unido a los autos.
Recibidos los autos, la Sala, por providencia de 22 de septiembre de 2014, declaró los autos conclusos para sentencia, y, por providencia de 30 de septiembre de 2014, señaló el día 2 de octubre de 2014 para la votación y fallo.
En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales. Es Ponente la Ilma. Sra. Doña Cristina María Paz Eiroa.
Contra...
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STSJ Galicia 373/2018, 28 de Junio de 2018
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