STSJ Galicia 818/2014, 23 de Octubre de 2014

PonenteCRISTINA MARIA PAZ EIROA
ECLIES:TSJGAL:2014:8639
Número de Recurso4357/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución818/2014
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00818/2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 2ª

RECURSO DE APELACIÓN NÚMERO 0004357/2014

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

Don José Antonio Méndez Barrera

Doña Cristina María Paz Eiroa

Doña María Azucena Recio González

En la ciudad de A Coruña, a veintitrés de octubre de dos mil catorce .

Vistos los autos de recurso de apelación seguidos ante esta Sala con el número 0004357/2014, interpuesto por don Alexander contra el auto de fecha 16 de mayo de 2014 dictado por el del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de A Coruña en la pieza de medidas cautelarísimas número 212/2013; siendo parte apelada el Ayuntamiento de A Coruña y la Junta de Compensación del Polígono F5.01 Escuela de Náutica.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de A Coruña dictó auto de fecha 16 de mayo de 2014 en la pieza de medidas cautelarísimas número 212/2013 por el que se acordó "no apreciar la especial urgencia para suspender la ejecución de la orden de desalojo y demás actuaciones ordenadas en la resolución de la alcaldía del Ayuntamiento de A Coruña el 26.02.13, confirmada por la de 01.07.13 que interesa la representante procesal de don Alexander . No hago condena en costas" .

SEGUNDO

Don Alexander interpuso recurso de apelación ante el Juzgado mediante escrito razonado conteniendo las alegaciones en que se fundamentaba el recurso y suplicando que se "dicte resolución revocando el auto impugnado y declare la concurrencia de las circunstancias de especial urgencia para la adopción de la medida cautelar de suspensión solicitada" .

TERCERO

El Juzgado dictó resolución admitiendo el recurso y dio traslado del mismo a las demás partes; habiéndose presentado escrito de oposición al recurso de apelación por el Ayuntamiento de A Coruña, unido a los autos.

CUARTO

Recibidos los autos, la Sala, por providencia de 22 de septiembre de 2014, declaró los autos conclusos para sentencia, y, por providencia de 30 de septiembre de 2014, señaló el día 2 de octubre de 2014 para la votación y fallo.

QUINTO

En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales. Es Ponente la Ilma. Sra. Doña Cristina María Paz Eiroa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra...

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