ATS, 23 de Octubre de 2014

PonenteSEGUNDO MENENDEZ PEREZ
Número de Recurso507/2012
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintitrés de octubre de dos mil catorce.

HECHOS

PRIMERO

Con fecha 20 de octubre de 2014 el Excmo. Sr. Magistrado de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal, D. Jaime , dirigió escrito al Presidente de esta Sección, comunicando su abstención del conocimiento del Recurso contencioso- administrativo número 507/2012, seguido ante la misma.

En dicho escrito, el mencionado Magistrado expone, en síntesis, que concurre una relación estrecha de amistad con el propietario de la entidad mercantil GIMFER CAÑADA DEL TOLLO S.L, D. Severiano , y de su esposa Dª Begoña , recurrente en un recurso contencioso- administrativo similar a éste, pudiendo estar incurso en la causa de abstención prevista en el apartado 9º del artículo 219 de LOPJ .

SEGUNDO

Por providencia de fecha 20 de octubre de 2014, acordó este Tribunal lo siguiente:

"Dada cuenta: del anterior escrito de abstención presentado por el Excmo. Sr. Magistrado D. Jaime , que se unirá a los autos del recurso contencioso-administrativo nº 507/2012.

A su vista y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 221.2 de la Ley Orgánica el Poder Judicial se suspende el curso de los citados autos hasta que se resuelva sobre la abstención presentada o transcurra el plazo previsto para su resolución".

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Segundo Menendez Perez, Presidente de la Sección.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- El escrito de abstención presentado por el Excmo. Sr. Magistrado D. Jaime relata la concurrencia de una circunstancia subsumible en la causa que prevé el apartado 9º del artículo 219 de la LOPJ , por lo que procede estimar justificada aquella abstención, con las consecuencias que se dirán en la parte dispositiva de esta resolución.

LA SALA ACUERDA:

PRIMERO

Se estima justificada la abstención presentada por el Excmo. Sr. D. Jaime , que queda, así, apartado definitivamente del conocimiento del recurso contencioso-administrativo número 507/2012 y, también, de todos los registrados en esta Sala en los que el acto administrativo impugnado sea un acuerdo del Consejo de Ministros que resuelva reclamaciones de responsabilidad patrimonial formuladaS por empresas o empresarios de instalaciones de generación de electricidad clasificadas en el subgrupo b.1.1 previsto en el Real Decreto 661/2007, por causa de las modificaciones normativas que introdujeron el Real Decreto 1565/2010 y/o el Real Decreto-Ley 14/2010.

SEGUNDO

Se designa a la Excma. Sra. Magistrada Dª Pilar Teso Gamella ponente en el recurso contencioso-administrativo número 507/2012, cuya suspensión se alza, señalándose para su votación y fallo el próximo día 5 de noviembre de 2014 a partir de las 10.30 horas.

TERCERO

Llévese testimonio de esta resolución a los recursos registrados en esta Sala en los que el acto impugnado sea un acuerdo de los antes indicados.

CUARTO

En ellos, si el ponente designado fuera el Excmo. Sr. Magistrado D. Jaime , procédase a la designación de nuevo ponente según el orden de asignación de ponencias establecido.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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