ATS, 28 de Noviembre de 2014

PonenteEDUARDO ESPIN TEMPLADO
Número de Recurso203/2012
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de noviembre de dos mil catorce.

HECHOS

ÚNICO.- Acordada en este incidente de ejecución de sentencia, mediante auto de 30 de julio de 2.014, la práctica de prueba consistente en la emisión de dictamen pericial por el que se cuantifiquen los costes en los que incurrió Endesa, S.A. por la realización de determinadas refacturaciones, se procedió a continuación a la designación de la perito Dª Tatiana -quien posteriormente, el 15 de octubre de 2.014, aceptó dicha designación-.

Al tener conocimiento Endesa, S.A. de la referida designación, su representación procesal ha presentado un escrito por el que solicita que se adopten las medidas adecuadas para que se proceda a la designación de un único perito para elaborar los informes acordados en el presente y en el incidente de ejecución de la sentencia dictada en el recurso ordinario 1/769/2.011 -en el que ya se había designado a la perito Dª Concepción, a quien ya se le había concedido plazo para la emisión del informe, tras aceptar ésta la designación-. Mediante otrosí y para el caso de que se estime necesario, interpone recurso de reposición contra la designación de perito en el presente incidente de ejecución, documentada en acta de 13 de octubre.

Habiéndose acordado oír a las demás partes sobre la solicitud de Endesa, S.A., el Abogado del Estado ha presentado un escrito en el que expresa su oposición a la designación de un único perito.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Espin Templado, Magistrado de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- En los incidentes de ejecución del presente recurso y del 1/769/2.011, también interpuesto por la mercantil Endesa S.A., se acordó, mediante diligencia para mejor proveer, la práctica de una prueba encaminada a fijar la cuantía de determinadas partidas de los costes de las refacturaciones que habían de ser realizadas por la recurrente en ejecución de las respectivas Sentencias de 11 de junio de 2.013 (recurso 1/769/2.011) y 12 de julio de 2.013 (recurso 1/203/2.012). Las partidas cuyo coste había de ser cuantificado estaban determinadas en los Autos de 30 de julio de 2.014 (fundamento de derecho segundo en ambos casos) correspondientes a ambos recursos.

Practicada la insaculación de peritos y determinado el perito en cada uno de los dos recursos, Endesa ha presentado sendos escritos en los dos recursos de referencia solicitando que sea el mismo perito quien evalúe el coste de las refacturaciones en ambos procedimientos, al tratarse de las mismas partidas y haberse efectuado las refacturaciones de forma conjunta, de tal forma que la parte había asignado los costes respectivos dividiendo por mitad el coste total de los mismos.

El Abogado del Estado se ha opuesto a la designación de perito único, sosteniendo que se trata de dos procedimientos distintos, en los que ya se ha producido la designación respectiva y señalando que, de esta forma, además, se obtienen dos opiniones independientes.

La Sala estima, a la vista de las razones expuestas por la mercantil actora, que resulta adecuado acceder a que la pericia sea realizada por el mismo profesional en los dos recursos, puesto que en definitiva se trata de determinar el coste de las mismas tareas de refacturación efectuadas por Endesa conjuntamente en ambos procedimientos. En consecuencia, procede que el perito designado en primer lugar, en el recurso 1/769/2.011 realice asimismo la diligencia de prueba en el recurso 1/203/2.012, anulándose la designación realizada en este segundo procedimiento.

LA SALA ACUERDA:

SE ACCEDE A LA SOLICITUD formulada por Endesa, S.A. en el presente incidente de ejecución de sentencia de que el perito que emita el dictamen para la cuantificación de los costes ocasionados por determinadas refacturaciones conforme a lo acordado en auto de 30 de julio pasado sea el designado en el incidente de ejecución del recurso ordinario 1/769/2.011, Dª Concepción, ANULÁNDOSE la designación de Dª Tatiana efectuada el 13 de octubre de 2.014.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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