ATS, 21 de Enero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso727/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución21 de Enero de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Enero de dos mil quince.

HECHOS

  1. Las representaciones procesales de Extremeña de Sondeos, S.L. y de Compañía de Generadores y Grupos Electrógenos, S.L. presentaron sendos escritos de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 19ª), en el rollo de apelación nº 163/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 686/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Madrid.

  2. Mediante diligencia de ordenación de 6 de marzo de 2014 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes.

  3. El procurador Álvaro Romay Pérez, en nombre y representación de Compañía de Generadores y Grupos Electrógenos, S.L., presentó escrito ante esta Sala, con fecha 22 de abril de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Blanca Murillo de la Cuadra, en nombre y representación de Extremeña de Sondeos, S.L., presentó escrito ante esta Sala, con fecha 23 de abril de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. El procurador Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de Banco Santander, S.A., presentó escrito ante esta Sala, con fecha 13 de marzo de 2014, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. Las partes recurrentes han constituido los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. Procede admitir los recursos extraordinarios por infracción procesal y los recursos de casación, al amparo del ordinal 2º del art. 477.2 LEC , interpuestos por las representaciones procesales de Extremeña de Sondeos, S.L. y de Compañía de Generadores y Grupos Electrógenos, S.L., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC , entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de Extremeña de Sondeos, S.L. contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 19ª), en el rollo de apelación nº 163/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 686/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Madrid.

  2. Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de Compañía de Generadores y Grupos Electrógenos, S.L. contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de septiembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 19ª), en el rollo de apelación nº 163/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 686/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Madrid.

  3. Entregar copia de los escritos de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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