ATS, 23 de Diciembre de 2014
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
Número de Recurso | 760/2014 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 23 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintitrés de Diciembre de dos mil catorce.
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- Por D. Cesar Javier Gómez Martínez Jiménez, en defensa y representación procesal de "Gymcol, S.A.", con fecha 4 de marzo de 2014 se ha interpuesto recurso de casación y extraordinario por infracción contra la Sentencia dictada, en fecha 4 de febrero de 2014 por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 733/2013 dimanante de los autos de incidente concursal nº 1181/2011, del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valencia.
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- Por Diligencia de Ordenación, se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala.
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- Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el D. Miguel Ángel Baena Jiménez, en defensa y representación procesal de "Gymcol, S.A.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 8 de abril de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª Mercedes Albi Murcia en nombre y representación de "Instalaciones Técnicas de Valencia" presentó escrito en fecha 5 de mayo de 2014, personándose ante esta Sala en concepto de parte recurrida. La procuradora Dª María José Bueno Ramírez en nombre y representación de "Banco Popular Español, S.A." presentó escrito en fecha 18 de marzo de 2014, personándose en concepto de parte recurrida. La procuradora Dª Paloma Ortiz Cañavate en nombre y representación de "IMCD España Especialidades Químicas, S.A." presentó escrito en fecha 16 de abril de 2014 personándose en concepto de parte recurrida.
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- Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
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- Procede admitir el recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de "Gymcol, S.A.", al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en los arts. 477.2 , 3º LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , procede entregar copia del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, a las partes recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación de la entidad mercantil "Gymcol, S.A.", contra la Sentencia dictada, en fecha 4 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 733/2013 dimanante de los autos de incidente concursal nº 1181/2011, del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valencia.
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) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación interpuesto, a las partes recurridas personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.