ATS, 25 de Noviembre de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
Número de Recurso2845/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Noviembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la Comunidad de Propietarios del "Centro Comercial DIRECCION000 " de Pozuelo de Alarcón, presentó recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 5 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 937/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 68/2011 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Pozuelo de Alarcón.

  2. - Mediante diligencia de 17 de diciembre de 2013 se tuvo por interpuestos el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal, habiéndose notificado y emplazado a las partes litigantes, por medio de sus respectivos Procuradores.

  3. -Por escrito presentado el 18 de diciembre de 2013 la procuradora Doña María del Carmen Iglesias Saavedra en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del "Centro Comercial DIRECCION000 " de Pozuelo de Alarcón, se personaba en concepto de recurrente. Por escrito de 16 de enero de 2014 el procurador Don Marcelino Bartolomé Garretas, se personaba en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Urbanización DIRECCION000 , en calidad de parte recurrida.

4 .- Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios del "Centro Comercial DIRECCION000 " de Pozuelo de Alarcón, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 y del art. 469.1 , , ambos de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal y del recurso de casación formalizados, y en su caso de los documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  3. - De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno en atención a lo dispuesto en los arts. 483.5 y 473.3 de la LEC .

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios del "Centro Comercial DIRECCION000 " de Pozuelo de Alarcón, contra la Sentencia dictada, con fecha 5 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 937/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 68/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Pozuelo de Alarcón.

  2. Dese traslado del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal y del recurso de casación formalizados, y en su caso, de los documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR