ATS, 18 de Noviembre de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
Número de Recurso999/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Noviembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª Zulima y la representación procesal de SISIFUS PRODUCCIONES S.A. y D. Juan María presentaron respectivamente con fechas 20 y 17 de marzo de 2014, sendos escritos de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 7 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Undécima), en el rollo de apelación nº 215/14 , dimanante de los autos del juicio ordinario nº 315/10 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Majadahonda.

  2. - Las partes recurrentes constituyeron los preceptivos depósitos para recurrir y mediante diligencia de ordenación, se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes y al Ministerio Fiscal.

  3. - Con fecha 28 de abril de 2014 se presentó escrito ante esta Sala por el procurador D. Jorge Vázquez Rey, en nombre y representación de Dª Zulima , personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª Mª del Mar Montero de Cozar, en nombre y representación de SISIFUS PRODUCCIONES S.A y D. Juan María , presentó escrito ante esta Sala con fecha 30 de abril de 2014, personándose como parte recurrente . Con fecha 14 de abril de 2014 se presentó escrito ante esta Sala por la procuradora Dª Marta Ureba Álvarez-Ossorio, en nombre y representación de Dª Custodia , personándose en concepto de parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Sendos recursos de casación se han interpuesto por el cauce adecuado que es el del ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC al tener por objeto una sentencia dictada en un juicio sobre protección jurisdiccional civil del derecho al honor y cumplen con los demás requisitos legalmente exigibles para su admisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC 2000 , entréguese copias de sendos escritos de interposición de los recursos de casación formalizados por las partes recurrentes, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala y al Ministerio Fiscal, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª Zulima contra la sentencia dictada, con fecha 7 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Undécima), en el rollo de apelación nº 215/14 , dimanante de los autos del juicio ordinario nº 315/10 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Majadahonda.

  2. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de SISIFUS PRODUCCIONES S.A. y D. Juan María contra la sentencia dictada, con fecha 7 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Undécima), en el rollo de apelación nº 215/14 , dimanante de los autos del juicio ordinario nº 315/10 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Majadahonda.

  3. ) Y entréguese copias de sendos escritos de interposición de los recursos de casación formalizados por las partes recurrentes, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS .

De acuerdo con lo previsto en el art. 483.5 LEC contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR