ATS, 18 de Noviembre de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
Número de Recurso530/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Noviembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de D. Eladio , con fecha 12 de febrero de 2014, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 10 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 22ª), en el rollo de apelación nº 2/2013 dimanante del juicio verbal nº 286/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arganda del Rey.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 17 de febrero de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes y el Ministerio Fiscal ante esta Sala, habiéndose notificado a los mismos con fecha 18 de febrero de 2014.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la procuradora Dª María José Orbe Zalba, en nombre y representación de D. Eladio , presentó escrito ante esta Sala con fecha 25 de febrero de 2014 personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. Miguel Ángel Ayuso Morales, en nombre y representación de Dª Aurora , presentó escrito ante esta Sala con fecha 27 de marzo de 2014, personándose en calidad de parte recurrida. Es interviniente el Ministerio Fiscal.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Eladio al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Eladio , contra la Sentencia dictada, en fecha 10 de enero de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 22ª), en el rollo de apelación nº 2/2013 dimanante del juicio verbal nº 286/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arganda del Rey.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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