ATS, 11 de Noviembre de 2014
Ponente | SEBASTIAN SASTRE PAPIOL |
Número de Recurso | 36/2014 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 11 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a once de Noviembre de dos mil catorce.
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- La representación procesal de la entidad "LINSTITUT DE RECERCA I TECNOLOGÍA AGROALIMENTARIES" presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 14 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 11ª ), en el rollo de apelación n.º 50/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 480/2010 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Barcelona
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- La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
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- Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora Consuelo Rodríguez Chacón en nombre y representación de la entidad "LINSTITUT DE RECERCA I TECNOLOGIA AGROALIMENTARIES" como parte recurrente y el procurador D. Aníbal Bordallo Huidobro, en nombre y representación de "AGROMILLORA IBERIA, S.L. UNIPERSONAL", como parte recurrida.
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- Examinado el escrito de interposición, procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad "LINSTITUT DE RECERCA I TECNOLOGIA AGROALIMENTARIES" dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso
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- Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala.
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- De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA
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ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad "LINSTITUT DE RECERCA I TECNOLOGIA AGROALIMENTARIES" contra la sentencia dictada, el día 14 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 11ª ), en el rollo de apelación n.º 50/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 480/2010 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Barcelona.
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Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.